Ilmo. Sr.: «Sociedad Española del Acumulador Tudor, S. A.», solicita se amplíe la habilitación de la Aduana de Valcarlos, en la provincia de Navarra, a la importación de baterías de acumuladores usadas y chatarra de plomo.
Fundamenta dicha petición en la conveniencia, en evitación de incremento en los gastos de transporte, de verificar por la Aduana citada las importaciones de dichos materiales procedentes de un almacén situado en Saint Jean-Pied-de-Port de la Empresa francesa que comercializa la producción de acumuladores de la Empresa solicitante que se exportan a Francia y adquiere las baterías usadas que se remiten a España para recuperación de sus materiales.
La Administración Principal de Aduanas de Elizondo informa favorablemente sobre la procedencia de admitir lo solicitado habida cuenta de la dotación de personal y elementos para realizar dichos despachos en la Aduana subalterna de Valcarlos.
Vistos el apéndice número 1 de las Ordenanzas de Aduanas y el Decreto 3753/1964, de 17 de septiembre.
Este Ministerio, de conformidad con lo propuesto por V. I. acuerda ampliar la Habilitación que, comprendida en el apéndice número 1 de las vigentes Ordenanzas de Aduanas, corresponde a la Aduana de Valcarlos, subalterna de segunda clase de la provincia de Navarra, autorizando la realización por la misma de despachos de importación de baterías de acumuladores usadas y chatarra de plomo.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 4 de mayo de 1973.–P. D., el Subsecretario, Juan Rovira Tarazona.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.
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