Decreto 3218/1971, de 23 de diciembre, por el que se prorroga la vigencia del derecho móvil de determinadas posiciones arancelarias (silicio, productos activos destinados a la fabricación de insecticidas y productos fitosanitarios formulados) hasta 31 de marzo de 1972.
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 1972, páginas 215 a 216 (2 págs.)
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ANÁLISIS
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 23/12/1971
Fecha de publicación: 06/01/1972
Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores
SE PRORROGA el plazo, del DERECHO MOVIL del 6 por CIENTO establecido en la PA 38.11 B-2 del ARANCEL, por Decreto 1069/1972, de 27 de abril (Ref. BOE-A-1972-633).
Referencias anteriores
PRORROGA la vigencia y aplicación de los derechos arancelarios Señalados en la relación segunda Aneja al Decreto 2038/1971, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1971-1124).
DE CONFORMIDAD con el art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).