Decreto 963/1971, de 30 de abril, por el que se prorroga hasta el 31 de julio de 1971 el plazo de vigencia de determinados contingentes arancelarios establecidos para pastas de papel (P. A. 47.01) y para papel y cartón viejos utilizables exclusivamente en la fabricación de papel y para desperdicios de papel cartón (P. A. 47.02).
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 1971, páginas 7313 a 7313 (1 pág.)