Orden por la que se exime de cursar los ejercicios del grado de Licenciado a los Catedráticos de las Escuelas de Arquitectura e Ingeniería Técnicas y Profesionales de Comercio que se encuentren en activo y en posesión de un título de Licenciado en Facultad universitaria y podrán pasar al Doctorado.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 1971, páginas 7410 a 7410 (1 pág.)