Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del mencionado Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 107, de fecha 5 de mayo de 1970, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la pagina 6999, disposición derogatoria primera, en las líneas 7, 8, 9 y 10, donde dice «...; mil cuatrocientos setenta y cuatro; mil novecientos sesenta y seis; de dieciseis de marzo; trescientos cuarenta y seis mil novecientos sesenta y ocho, de veintidós de febrero, ...», debe decir: «...; mil cuátrocientos setenta y cuatro/mil novecientos sesenta y seis, de dieciseis de junio; quinientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta y siete, de dieciséis de marzo; trescientos cuarenta y seis mil novecientos sesenta y ocho, de veintidós de febrero, ...»
En la misma, página, disposción final segunda, en la línea 4, donde dice: «... apartado tres punto uno del artículo sexto, ...», debe decir: «apartado cuatro punto uno del artículo sexto, ...».
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