Orden por la que se dan normas sobre la forma de hacer efectivas las cantidades que los propietarios de viviendas calificadas definitivamente con arreglo a cualquiera de los regímenes derogados por la Ley de Viviendas de Protección Oficial sufragan por razón de servicios o suministros de que disfruten los inquilinos.
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«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 1969, páginas 10410 a 10410 (1 pág.)