Advertidos errores en el texto del Reglamento anejo al citado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 168, de fecha 15 de julio de 1967, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 10012, primera columna, artículo 35, línea primera, donde dice: «Cuado se trae de valores...», debe decir: «Cuando se trate de valores...».
En la página 10014, segunda columna, artículo 77, línea primera, donde dice: «En las operaciones de contado de valores adquiridos...», debe decir: «En las operaciones de contado, los valores adquiridos...».
En la página 10018, primera columna, artículo 147, número 1, al final del mismo debe añadirse: «... en valores privados o 25.000 pesetas efectivas en esta misma clase de valores.»
En la misma página y columna, artículo 147, número 2, al final del mismo debe añadirse: «... en valores privados, o 25.000 pesetas efectivas en esta misma clase de valores.»
En igual página y columna, artículo 151, línea segunda, donde dice: «... no podrá representar diferencias superiores a las que se fijen...», debe decir: «... no podrán representar diferencias superiores, en relación con el cambio de la sesión anterior a las que se fijen...».
En la misma página, segunda columna, artículo 165, párrafo primero, línea cuarta, donde dice: «... denunciando previamente a la Junta Sindical», debe decir: «... denunciándolo previamente a la Junta Sindical».
En la página 10019, primera columna, artículo 174, párrafo primero, línea tercera, donde dice: «... teniendo los perjudicados una acción legal preferente...», debe decir: «... teniendo los perjudicados una acción real preferente...».
En la página 10020, segunda columna, artículo 196, apartado b), donde dice: «... que induzcan a error a los contratados», debe decir: «... que induzcan a error a los contratantes».
En la misma página y columna, artículo 198, párrafo segundo, línea segunda, donde dice: «... lugar, día y año...», debe decir: «... lugar, día, mes y año...».
En la página 10021, segunda columna, artículo 213, línea cuarta, donde dice: «...las operaciones que tengan pendientes...», debe decir: «... las operaciones que tenga pendientes...».
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