Decreto 3851/1964, de 3 de diciembre, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos establecidos a la importación de mineral de plomo, así como del plomo metal y elaborado.
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 1964, páginas 16200 a 16200 (1 pág.)
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ANÁLISIS
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 03/12/1964
Fecha de publicación: 07/12/1964
Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores
SE DICTA EN RELACIÓN prorrogando la suspensión de aplicación de los derechos a la importación de mineral de plomo, plomo metal y elaborado: Decreto 2243/1966, de 13 de agosto (Ref. BOE-A-1966-15746).
SE PRORROGA:
la suspensión hasta el 7 de marzo de 1966, por Decreto 3742/1965, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1965-22927).
lo indicado hasta el 7 de diciembre de 1965, por Decreto 2787/1965, de 20 de septiembre (Ref. BOE-A-1965-19081).
lo indicado hasta el 7 de septiembre de 1965, por Decreto 1435/1965, de 3 de junio (Ref. BOE-A-1965-12218).
Referencias anteriores
SUSPENDE por tres meses, la aplicación de lo indicado del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).