Orden de 2 de julio de 1964 por la que se señalan zonas para bañistas en playas, calas y puertos de la costa, así como para el empleo de embarcaciones deportivas o de recreo.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 9 de julio de 1964, páginas 8826 a 8826 (1 pág.)