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Documento BOE-A-1963-13830

Decreto 1314/1963, de 5 de junio, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos establecidos en la partida 22.08-A del Arancel de Aduanas a la importación de alcohol etílico.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 1963, páginas 9321 a 9321 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1963-13830

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 05/06/1963
  • Fecha de publicación: 10/06/1963
  • Fecha de entrada en vigor: 10/06/1963
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA:
    • hasta el 30 de noviembre de 1964 la suspensión indicada, por Decreto 2583/1964, de 27 de agosto (Ref. BOE-A-1964-16656).
    • hasta el 10 de septiembre de 1964, la suspensión indicada, por Decreto 1617/1964, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-1964-10555).
    • lo indicado, hasta el 10 de junio de 1964, por Decreto 723/1964, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-1964-7240).
    • lo indicado, hasta el 10 de marzo de 1964, por Decreto 3272/1963, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-24417).
    • hasta el 1 de diciembre de 1963, la suspensión indicada por Decreto 2117/1963, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1963-16938).
Referencias anteriores
  • SUSPENDE lo indicado, en la partida 22.08 B del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Alcoholes
  • Arancel de Aduanas
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones

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