Orden de 25 de enero de 1957 por la que se crea el certificado de Operador Radiotelefonista naval restringido para estaciones radiotelefónicas instaladas en cualquier clase de buque de tonelaje inferior a 1.600 toneladas de R. B. y cuya potencia en antena, en onda portadora, no modulada, no exceda de 50 vatios.
Publicado en:
«Boletín Oficial del Estado» núm. 31, de 31 de enero de 1957, páginas 566 a 567 (2 págs.)