Orden de 3 de enero de 1956 por la que se crea el Certificado de Aptitud de Operador Radiotelefonista Naval restringido para estaciones radiotelefónicas instaladas en buques de menos de 1.600 toneladas de R.B. y cuya potencia en antena, en onda portadora no modulada, no exceda de 50 vatios.
Publicado en:
«Boletín Oficial del Estado» núm. 11, de 11 de enero de 1956, páginas 286 a 287 (2 págs.)