Orden conjunta de ambos Departamentos de 9 de diciembre de 1952 por la que se dictan normas, de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Orden ministerial de la Presidencia del Gobierno de 30 de junio de 1952 sobre el marchamado de pieles y cueros y su tipificación.
Publicado en:
«Boletín Oficial del Estado» núm. 362, de 27 de diciembre de 1952, páginas 6413 a 6414 (2 págs.)