En la publicación del texto de la Ley Hipotecaria, en el «Boletín Oficial del Estado» de los días 27 y 28 de febrero último, se han observado las siguientes erratas:
Artículo 1.º, párrafo segundo.–Dice: los Registros; debe decir: el Registro.
Artículo 35.–Dice: traigan; debe decir: traiga.
Artículo 74.–Dice: solicita; debe decir: solicite.
Artículo 97.–Dice: refiere; debe decir: Refiera.
Artículo 127, párrafo primero.–Dice: debe; ha de decir: deba.
Artículo 132, párrafo penúltimo.–Dice: cualquiera; debe decir: cualesquiera.
Subsección cuarta del título V.–Dice: De las hipotecas; debe decir: De la hipoteca.
Título VI.–En su rúbrica, dice: Registrador; debe decir: Registro.
Artículo 262.–Dice: quince; debe decir: cinco.
Artículo 276.–Dice: posesorio, desde.–Debe decir: posesorio y desde.
Título XIII.–Debe decir: XII.
Titulo XII.–Debe decir: XIII.
Madrid, 7 de marzo de 1946.–El Director general, Eduardo L. Palop.
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