Ley de 18 de junio de 1942 por la que se dispone que hasta tanto que por el Ministerio del Aire se reglamente la concesión de recompensas en tiempo de guerra, se apliquen, con carácter transitorio, las vigentes en el de Tierra.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 185, de 4 de julio de 1942, páginas 4817 a 4817 (1 pág.)