Orden facultando a la Dirección general de Montes, Pesca y Caza para que pueda autorizar la captura y circulación de ejemplares vivos de caza y pesca con fines de repoblación de zonas empobrecidas o agotadas, mediante las condiciones que se insertan.
Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 143, de 23 de mayo de 1931, páginas 891 a 891 (1 pág.)