Real decreto-ley declarando aplicable lo preceptuado en la Ley de 29 de Junio de 1911, base 4º, párrafo primero, a todas cuantas personas naturales o jurídicas que profesionalmente o por razón de su objeto se dediquen al Comercio, Industria o Navegación y satisfagan al Tesoro tributación anual superior a 25 pesetas, y declarando organismos dependientes ...
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«Gaceta de Madrid» núm. 215, de 3 de agosto de 1929, páginas 938 a 938 (1 pág.)