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Documento BOE-A-1928-6619

Real orden disponiendo que en aquellas Confederaciones Hidrográficas donde los servicios a que se refiere el artículo 20 del Real decreto de 5 de Marzo de 1926, deban ser realizados por Ingenieros Industriales, sean designados para desempañarlos los Ingenieros Jefes de las provincias donde la Confederación radique.

Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 180, de 28 de junio de 1928, páginas 1761 a 1761 (1 pág.)
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria
Referencia:
BOE-A-1928-6619
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