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Documento BOE-A-1928-5419

Real decreto suprimiendo el derecho de tanteo concedido a los arrendatarios de bienes inmuebles no amortizados pertenecientes a Fundaciones benéfico-particulares o de carácter mixto, en caso de enajenación de los mismos, así como la exención del requisito de la subasta para dicha enajenación que tal derecho lleva consigo.

Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 150, de 29 de mayo de 1928, páginas 1147 a 1148 (2 págs.)
Departamento:
Presidencia del Consejo de Ministros
Referencia:
BOE-A-1928-5419
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