Real decreto declarando que el Ministerio de Fomento, previo informe del Servicio de estudio y extinción de plagas forestales, a cargo del Cuerpo Nacional de Ingenieros de Montes y del Consejo Forestal, dispondrá lo que se inserta al objeto de atacar y extinguir las plagas y enfermedades dañosas a los montes y terrenos forestales.
Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 73, de 13 de marzo de 1924, páginas 1378 a 1379 (2 págs.)