Real órden disponiendo que las Administraciones de Hacienda pública admitan y den curso á cuantas solicitudes de redención de censos se presenten ántes de haberse verificado la subasta que indica la ley de desamortización.
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«Gaceta de Madrid» núm. 18, de 18 de enero de 1867, páginas 1 a 1 (1 pág.)