Advertido error en el texto remitido para la publicación del Decreto ley 8/2021, de 28 de junio, de medidas extraordinarias para garantizar la continuidad de la gestión del servicio público de televisión autonómica y de sus programas informativos hasta la aprobación del mandato marco por el Parlamento de Canarias, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 133, de 30 de junio de 2021, es preciso proceder a su corrección en el sentido siguiente:
En la“Disposición adicional única.- Convocatoria del procedimiento decontratación”,
“La licitación de la contratación a que se refiere el apartado 4 de la Disposición transitoriacuarta de la Ley 13/2014, de 26 de diciembre, de Radio y Televisión Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, que introduce este Decreto ley, deberá ser convocada en un plazo no superior a 3 meses desde la entrada en vigor del presente Decreto ley y tramitarse por el procedimiento de urgencia.”
“La licitación de la contratación a que se refiere el apartado 4 de la Disposición transitoria primera de la Ley 13/2014, de 26 de diciembre, de Radio y Televisión Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, que introduce este Decreto ley, deberá ser convocada en un plazo no superior a 3 meses desde la entrada en vigor del presente Decreto ley y tramitarse por el procedimiento de urgencia.”
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