Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 06/11/2024.
Entrada en vigor:
07/11/2024
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2024-22928
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2024/11/05/6/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 05/11/2024
  • Fecha de publicación: 06/11/2024
  • Fecha de entrada en vigor: 07/11/2024

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD y se crea el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños: Real Decreto 1160/2024, de 19 de noviembre (Ref. BOE-A-2024-24105).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 280, de 20 de noviembre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-24097).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 12 y se regula el procedimiento de compensación de beneficios fiscales del IBI e IAE para el 2024: Resolución de 14 de noviembre de 2024 (Ref. BOE-A-2024-23947).
  • SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE los arts. 3 bis, 27 bis, 30 bis y la disposición adicional 13, por Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2024-23422).

Referencias anteriores

  • MODIFICA el art. 45.I.B) de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre (Ref. BOE-A-1993-25359).
  • AÑADE la disposición adicional 9 a la Ley 39/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10565).
  • DE CONFORMIDAD con:

Materias

  • Administración de Justicia
  • Administración Local
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Agricultura
  • Aval
  • Ayudas
  • Catástrofes
  • Catastros
  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Consumidores y usuarios
  • Contratación administrativa
  • Contratos
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Créditos
  • Créditos Presupuestarios
  • Defunciones
  • Dirección General del Catastro
  • Empresarios
  • Fondos de dinero
  • Gestión de residuos
  • Haciendas Locales
  • Hipoteca
  • Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Incapacidades laborales
  • Industrias
  • Inundaciones
  • Inversiones
  • Jefatura Central de Tráfico
  • Municipios
  • Notarías
  • Obras
  • Organización de la Administración del Estado
  • Pensiones
  • Préstamos
  • Procedimiento administrativo
  • Protección Civil
  • Recaudación
  • Registro Civil
  • Registros de la Propiedad
  • Renta Mínima de Inserción
  • Seguridad Social
  • Seguros
  • Sistema tributario
  • Tasas
  • Trabajadores
  • Trabajadores autónomos
  • Viviendas

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid