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Real Decreto 249/2023, de 4 de abril, por el que se modifican el Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo; el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio; el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio; el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre; el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 05/04/2023.
Entrada en vigor:
25/04/2023
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2023-8576
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/04/04/249/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/04/2023
  • Fecha de publicación: 05/04/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/2023
  • Entrada en vigor: 25 de abril de 2023 y, para el art. 5, con la aplicabilidad señalada en la disposición final 3: 1 de julio de 2023.

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • el art. 61 del Reglamento aprobado por Real Decreto 634/2015, de 10 de julio (Ref. BOE-A-2015-7771).
    • los arts. 62 y 75 del Reglamento aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-2007-6820).
    • los arts. 40, 52 y 56 del Reglamento aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2005-14803).
    • los arts. 25, 42, 44 y 46 del Reglamento aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-2005-8662).
    • con efectos desde el 1 de julio de 2023, los arts. 63 y 69.bis del Reglamento aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28925).
    • el art. 18 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1991-27678).
    • determinados preceptos y AÑADE los arts. 39.bis, 39.ter y 42.quater al Reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2007-15984).
  • CITA Ley 11/2021, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2021-11473).

Materias

  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Delegación de atribuciones
  • Depósitos
  • Dirección General del Catastro
  • Empresas
  • Entidades aseguradoras
  • Facturas
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Impuestos Especiales
  • Información tributaria
  • Ministerio de Hacienda y Función Pública
  • Moneda
  • Número de Identificación Fiscal
  • Procedimiento administrativo
  • Procedimiento Contencioso Administrativo
  • Recaudación
  • Reclamaciones Económico Administrativas
  • Recurso de Reposición
  • Registros administrativos
  • Registros telemáticos
  • Sistema tributario
  • Tribunales Económico Administrativos
  • Unión Europea

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