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Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 29/12/2022.
Entrada en vigor:
31/03/2023
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-23044
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/12/27/1044/con

Índice: «Última actualización, publicada el 29/12/2022»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Procedimientos de gestión de la capacidad de los buques de pesca

CAPÍTULO III. Procedimientos de gestión del Registro de flota

CAPÍTULO IV. Coordinación de registros

CAPÍTULO V. Procedimientos de gestión en relación con los puertos base

CAPÍTULO VI. Régimen sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Origen de las bajas de los expedientes de entrada de capacidad

ANEXO II. Documentación a trasladar a la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura para la emisión del informe en los expedientes de entrada de capacidad

ANEXO III. Modelo de solicitud de aportación de capacidad

ANEXO IV. Finalidades de la capacidad disponible

ANEXO V. Solicitud de alta en el Registro General de Flota Pesquera

ANEXO VI. Documentos para el alta en el Registro de Flota

ANEXO VII. Información telemática que se debe aportar para la incorporación de los buques auxiliares al Registro de Flota Pesquera

ANEXO VIII. Modelo de solicitud para el cambio definitivo de Puerto Base de Buques de Pesca y Buques auxiliares con Puerto Base en las ciudades de Ceuta o Melilla


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