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Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29/04/2021.
Entrada en vigor:
30/04/2021
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2021-7045
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2021/04/26/ism419/con

Índice: «Última actualización, publicada el 27/02/2024»

Véase en relación con las competencias delegadas a la persona titular de la Jefatura del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, lo previsto en la Resolución de 16 de febrero de 2024. Ref. BOE-A-2024-3783 y de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, la Resolución de 20 de diciembre de 2023. Ref. BOE-A-2023-26097

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Objeto y fijación de límites

CAPÍTULO II. Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

CAPÍTULO III. Aprobación de competencias delegadas por la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones

CAPÍTULO IV. Aprobación de competencias delegadas por la persona titular de la Secretaría de Estado de Migraciones

CAPÍTULO V. Aprobación de las competencias delegadas por la persona titular de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

CAPÍTULO VI. Aprobación de la delegación de competencias efectuada por los titulares de otros órganos del departamento

CAPÍTULO VII. Disposiciones generales

[Firma]


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