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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Resolución de 20 de julio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se establece el Sistema de Información a través del cual se deberá remitir la información sobre pruebas diagnósticas de laboratorio necesaria para el seguimiento de la pandemia ocasionada por el COVID-19 al que se refiere el artículo 25 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28/07/2021.
Entrada en vigor:
28/07/2021
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2021-12612
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/07/20/(2)/con

Índice: «Última actualización, publicada el 28/07/2021»

Téngase en cuenta que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 por Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de julio de 2023, publicado por Orden SND/726/2023, de 4 de julio, Ref. BOE-A-2023-15552, por lo que cesa la aplicación de las medidas contenidas en la presente Resolución, según establece su apartado sexto.

[Preámbulo]

[Firma]


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