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Resolución de 27 de marzo de 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se establecen las condiciones para la prestación, y se adjudica de forma directa, el servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 31/03/2020.
Entrada en vigor:
27/03/2020
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-4198
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/03/27/(2)/con

Índice: «Última actualización, publicada el 31/03/2020»

Téngase en cuenta la Resolución de 10 de abril de 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se establecen las condiciones para la prestación, y la adjudicación de forma directa, del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19. Ref. BOE-A-2020-4469

Las condiciones de operación del servicio de transporte aéreo regular en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario, dejan de estar en vigor desde las 00:00 horas del 27 de mayo de 2020 y procede poner fin a partir de ese momento al servicio que se viene prestando por adjudicación directa por la Compañía BINTER CANARIAS S.A., según establece la Resolución de 22 de mayo de 2020, de la Dirección General de Aviación Civil. Ref. BOE-A-2020-5318

[Preámbulo]

[Firma]


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