[Vigencia agotada]
Téngase en cuenta la Orden INT/356/2020, de 20 de abril, Ref. BOE-A-2020-4539, y la Orden INT/409/2020, de 14 de mayo, Ref. BOE-A-2020-5053, por las que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con vigencia ésta última hasta las 24:00 horas del 15 de junio de 2020, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.
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