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Orden INT/248/2020, de 16 de marzo, por la que se establecen criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante el restablecimiento temporal de controles fronterizos.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 18/03/2020.
Entrada en vigor:
18/03/2020
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2020-3825
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/03/16/int248/con

Índice: «Última actualización, publicada el 18/03/2020»

El estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.

Téngase en cuenta que los controles fronterizos se prorrogaron hasta las 00:00 horas del 26 de abril de 2020, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse, según establecía la disposición final 2 de la Orden INT/335/2020, de 10 de abril, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ref. BOE-A-2020-4411

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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