[Disposición derogada]
Téngase en cuenta que se mantiene la restricción de entrada en puertos españoles de los buques de pasaje tipo crucero procedentes de cualquier puerto, según establece el art. 3 de la Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo. Ref. BOE-A-2020-5125, que mantendrá su vigencia hasta la finalización del estado de alarma o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva orden modificando los términos de la misma, según determina su disposición final segunda.
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