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Real Decreto 371/2020, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Extracciones Marítimas.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28/02/2020.
Entrada en vigor:
19/03/2020
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-2837
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2020/02/18/371/con

Índice: «Última actualización, publicada el 28/02/2020»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE EXTRACCIONES MARÍTIMAS

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De las operaciones de exploración, rastreo y localización de buques y bienes naufragados o hundidos en las aguas interiores marítimas o en el mar territorial españoles

CAPÍTULO III. De las operaciones de extracción de buques y bienes naufragados o hundidos en las aguas interiores marítimas o en el mar territorial españoles

CAPÍTULO IV. De las operaciones de extracción de buques y bienes de propiedad del Estado

CAPÍTULO V. De las operaciones de extracción de armas, municiones, explosivos u otro material militar que pueda afectar a la Defensa Nacional, así como de objetos pertenecientes al patrimonio cultural subacuático y demás bienes de comercio prohibido o restringido

CAPÍTULO VI. De las operaciones de exploración, rastreo, localización y extracción de buques y embarcaciones de Estado españoles naufragados o hundidos


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