[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 27 de octubre de 2022, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre. Ref. BOE-A-2022-17475, sin perjuicio de la sección 5.ª relativa a la Cosecha en verde, que seguirá en vigor hasta el 15 de octubre de 2023, según establece la disposición final 1 del Real Decreto 32/2023, de 24 de enero. Ref. BOE-A-2023-2024
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Sección 1.ª Promoción en mercados de terceros países
Sección 2.ª Reestructuración y reconversión de viñedos
Subsección 1.ª Reestructuración y reconversión de viñedos
Subsección 3.ª Disposiciones comunes a la reestructuración y reconversión de viñedos
Sección 3.ª Eliminación de subproductos
Subsección 1.ª Obligación de la eliminación de subproductos
Subsección 2.ª Ayuda a la destilación de subproductos
CAPÍTULO III. Controles y pago
ANEXO I. Acciones y actividades de promoción
ANEXO V. Criterios de priorización
ANEXO VII. Estado de ejecución de los programas
ANEXO IX. Relación de gastos no subvencionables
ANEXO X. Informe anual sobre los controles efectuados
ANEXO XII. Previsiones financieras hasta 15 de octubre
ANEXO XVI. Solicitud de ayuda a la destilación de subproductos
ANEXO XVII. Objetivos estratégicos de las operaciones de la medida de inversiones
ANEXO XX. Gastos no subvencionables
ANEXO XXI. Criterios de prioridad
ANEXO XXII. Ponderación de criterios de prioridad
ANEXO XXIV. Datos para evaluación y seguimiento de la medida de inversiones
ANEXO XXV. Datos mínimos a remitir por la comunidad autónoma
ANEXO XXVI. Información mínima del informe anual de aplicación de la medida de cosecha en verde
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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