Téngase en cuenta que se declara que esta Ley no es contraria al orden constitucional de distribución de competencias siempre que se interprete en los términos señalados en los fundamentos jurídicos 5 y 6, por Sentencia del TC 14/2015, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2015-2260.
CAPÍTULO I. Órganos de gobierno, administración, gestión y representación
CAPÍTULO II. Del patronato y de los patronos
CAPÍTULO II bis. El Protectorado
CAPÍTULO VI. Obligaciones y control de la fundación
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