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Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el régimen jurídico y las normas de seguridad y prevención de la contaminación de los buques de recreo que transporten hasta doce pasajeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 18/10/2014.
Entrada en vigor:
18/01/2015
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2014-10572
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2014/09/19/804/con

Índice: «Última actualización, publicada el 18/10/2014»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones de carácter general

CAPÍTULO I. Régimen jurídico

CAPÍTULO II. Régimen de las tripulaciones y de las navegaciones

CAPÍTULO III. Reglas sobre los propietarios de los buques y los pasajeros

TITULO II. Normas sobre abanderamiento, matriculación, marcas, reconocimientos, inspecciones y certificación

CAPITULO I. Abanderamiento, matriculación y marcas

CAPÍTULO II. Régimen de inspección y control

CAPÍTULO III. Certificados

TÍTULO III. Régimen sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO. Normas técnicas de seguridad y prevención de la contaminación que deben cumplir los buques de recreo

CAPÍTULO 1. Construcción y resistencia estructural. Integridad de estanqueidad

CAPÍTULO 2. Estanqueidad a la intemperie. Embarque de agua en cubierta

CAPÍTULO 3. Maquinaria

CAPÍTULO 4. Instalación eléctrica

CAPÍTULO 5. Equipo de gobierno

CAPÍTULO 6. Bombeo de sentinas

CAPÍTULO 7. Estabilidad y francobordo

CAPÍTULO 8. Dispositivos de salvamento

CAPÍTULO 9. Seguridad contra el fuego

CAPÍTULO 10. Protección estructural contra-incendios en buques de menos de 500 GT

CAPÍTULO 11. Protección estructural contra-incendios en buques de 500 GT o mayores

CAPÍTULO 12. Dispositivos de extinción en buques de menos de 500 GT

CAPÍTULO 13. Dispositivos de extinción en buques de 500 o más GT

CAPÍTULO 14. Radiocomunicaciones, equipos de ayuda a la navegación, visibilidad desde el puente y luces, marcas y señales acústicas

CAPÍTULO 15. Medios de fondeo, amarre y remolque

CAPÍTULO 16. Alojamientos y protección de las personas

CAPÍTULO 17. Transferencia de personas a bordo

CAPÍTULO 18. Botiquín

CAPÍTULO 19. Prevención de la contaminación


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