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Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21/06/2013.
Entrada en vigor:
11/07/2013
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2013-6732
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/lo/2013/06/20/3/con

Índice: «Última actualización, publicada el 31/12/2022»

Norma derogada, con efectos de 30 de diciembre de 2021, a excepción de los arts. 2 y 3 del capítulo I del título I, y del capítulo III del título II, por  la disposición derogatoria única de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21650. Téngase en cuenta que se deroga, con efectos de 1 de enero de 2023, el capítulo III del título II por la disposición derogatoria única.b) de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-24430

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación de la Ley

CAPÍTULO II. De la organización administrativa para la protección de la salud y la lucha contra el dopaje

TÍTULO II. De la salud y del dopaje de los deportistas con licencia deportiva

CAPÍTULO I. El dopaje en el ámbito del deporte con licencia deportiva

CAPÍTULO II. Del régimen sancionador en materia de dopaje

CAPÍTULO III. Protección de la salud

CAPÍTULO IV. Del tratamiento de datos relativos al dopaje

TÍTULO III. Políticas públicas de control y supervisión general de los productos que pueden utilizarse para el dopaje en la actividad deportiva

CAPÍTULO I. Medidas de control y supervisión de productos, medicamentos y complementos nutricionales

CAPÍTULO II. De las condiciones de utilización de los productos susceptibles de producir dopaje en la actividad deportiva

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Definiciones

ANEXO II. Reincidencia


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