[Disposición derogada]
[Bloque 2: #preambulo]
El Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, por el que se aprueban las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, es la norma en la que se disponen los principios rectores de esta enseñanza, la finalidad de dichos planes, los criterios a tener en cuenta en su elaboración y su configuración y distribución de la carga de trabajo.
El siguiente nivel normativo en la ordenación de la enseñanza de formación es una norma conjunta de los ministros con competencia en esta materia, según dispone el artículo 35 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, en la que se concrete el plan de estudios y las normas de permanencia y progreso, de forma que se configure un conjunto ordenado de contenidos formativos correspondientes a un título de grado y a la formación militar y de Fuerza y Cuerpo de Seguridad.
Para la redacción de esta orden ministerial se ha tenido en cuenta el mencionado Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, la distribución de la enseñanza en períodos, prevista en la disposición transitoria del Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre, por el que se crea el Centro Universitario de la Guardia Civil y, dado el componente de enseñanza universitaria, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Asimismo, se solicitó informe al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y fue informado por el Consejo de la Guardia Civil.
En su virtud, a propuesta conjunta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:
[Bloque 3: #aunico]
1. Se aprueba el plan de estudios y las normas que figuran en esta orden ministerial y que a continuación se detallan:
a) Plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, incluido en el anexo I de esta orden ministerial.
b) Normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, incluidas en el anexo II de esta orden ministerial.
2. Los dos primeros cursos del plan de estudios se impartirán íntegramente en la Academia General Militar y en el Centro Universitario de la Defensa en ella ubicado.
3. A los alumnos que reúnan las condiciones exigidas para pasar al tercer curso del plan de estudios previsto en esta norma, se les concederá el empleo de Alférez, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, incorporándose a la Academia de Oficiales de la Guardia Civil.
[Bloque 4: #daunica]
En lo que se refiere a esta orden ministerial y respecto a la protección de la maternidad, se atenderá a lo dispuesto en el Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueban las medidas de protección a la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.
[Bloque 5: #dtprimera]
Este plan de estudios será de aplicación a los alumnos ingresados desde el inicio del curso académico 2010/2011.
[Bloque 6: #dtsegunda]
1. Los alumnos que cursando el plan de estudios aprobado por la Orden Ministerial de 15 de febrero de 1996 hubieren de repetir algún curso en el que ya se encuentre implantado el nuevo plan de estudios a que se refiere esta orden ministerial, en ningún caso repetirán, sino que accederán al curso siguiente de su plan de estudios, en el que dispondrán de dos convocatorias extraordinarias más para superar las materias o asignaturas no superadas en el curso anterior, salvo para la materia de Instrucción y Adiestramiento que deberá superarse por evaluación continua.
2. En el supuesto de que tal circunstancia aconteciera en el último curso del plan de estudios aprobado por la Orden Ministerial de 15 de febrero de 1996, dispondrán de una nueva convocatoria extraordinaria que se efectuará en un plazo mínimo de 20 días naturales contados a partir de la fecha en que se le comunicó oficialmente la no superación de la materia o asignatura correspondiente, excepto para la materia de Instrucción y Adiestramiento que deberá superarse por evaluación continua. La no superación de una materia o asignatura tras la citada prueba supondrá la repetición del curso. Para estos casos no se extinguirá el plan de estudios aprobado por la Orden Ministerial de 15 de febrero de 1996.
[Bloque 7: #ddunica]
1. Queda derogada la Orden de 15 de febrero de 1996 por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación de grado superior del Cuerpo de la Guardia Civil.
2. Asimismo, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.
[Bloque 8: #dfprimera]
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta orden ministerial.
[Bloque 9: #dfsegunda]
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
[Bloque 10: #firma]
Madrid, 22 de noviembre de 2013.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.
[Bloque 11: #ani]
Debido a su formación multidisciplinar, el oficial, desde su primer empleo como teniente, puede ejercer los cometidos de la Escala Superior de Oficiales mediante su capacidad de desarrollar acciones directivas, especialmente de mando; y acciones de gestión e investigación, tanto en la estructura orgánica de los Ministerios de Defensa o del Interior, en organizaciones internacionales o en misiones en el exterior.
Además, debe estar en condiciones de desempeñar tareas de planeamiento y control de la ejecución de servicios y de las operaciones militares, así como aquellas relacionadas con funciones técnicas, logísticas, administrativas y docentes. Estará capacitado para ejercer el liderazgo con iniciativa, amor a la responsabilidad y decisión para resolver e imbuido de los valores propios tradicionales del Cuerpo de la Guardia Civil.
Un formación integral del oficial, como técnico y como gestor le permitirá tener una visión global de la Guardia Civil y su entorno, imprescindible para su correcta ubicación en la sociedad a la que sirve, por lo que se ha de buscar interrelacionar la formación tecnológica y jurídica que proporciona la titulación de grado con los conocimientos propios de la profesión de guardia civil, de modo que se integre y convierta en todo el conjunto de competencias profesionales.
Las materias de enseñanza del plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil tienen los siguientes fines:
a) Proporcionar al alumno los conocimientos teórico-prácticos necesarios para el adecuado desempeño de su profesión y posibilitar el desarrollo de las aptitudes precisas para realizar con eficacia los cometidos que en el futuro le puedan ser encomendados, todo ello desde las perspectivas profesional y militar.
b) Integrar los conocimientos y aptitudes en formación humana al servicio de la función que el Cuerpo de la Guardia Civil desempeña y adecuar esos conocimientos a las misiones a éste encomendadas, inspirándose en los principios básicos de actuación contenidos en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
c) Conformar los tres componentes de la enseñanza de formación de los oficiales de la Guardia Civil: formación militar, formación como Fuerza y Cuerpo de Seguridad, y formación correspondiente al título de grado de Ingeniería de la Seguridad.
1. Carga lectiva total: Este plan de estudios atribuye a las enseñanzas teórico-prácticas un total de 380 ECTS y 30-32 semanas de Instrucción y Adiestramiento.
2. Distribución de créditos por módulos:
|
ECTS |
---|---|
Formación militar |
33 |
Formación de grado |
102 |
Formación de grado y de Fuerza y Cuerpo de Seguridad |
138 |
Formación de Fuerza y Cuerpo de Seguridad |
107 |
Créditos totales |
380 |
1. Los cursos académicos responderán a la siguiente distribución:
a) Seis semanas de ejercicios de Instrucción y Adiestramiento (aumentada hasta dos semanas más en 1.er curso).
b) Treinta y seis semanas de actividades docentes.
c) Nueve semanas de vacaciones.
2. En cada semana se considerarán lectivos los días lunes a viernes, ambos inclusive. Excepcionalmente, cuando así lo requiera la programación del curso, se podrán habilitar como lectivos los sábados, domingos y festivos.
3. La distribución temporal de asignaturas, según las modalidades de acceso a la Escala Superior de Oficiales, es la siguiente:
a) Acceso directo.
1.er Curso (1.er y 2.º semestres):
Asignatura |
ECTS |
Asignatura |
ECTS |
---|---|---|---|
Matemáticas I |
6 |
Matemáticas II |
6 |
Física I |
6 |
Física II |
6 |
Fundamentos de Administración de Empresas |
6 |
Lengua Inglesa I |
6 |
Expresión Gráfica y DAO |
6 |
Química |
6 |
Táctica y Logística I |
2 |
Formación Física I |
6 |
Sistemas de Armas Terrestres I |
2 |
Táctica y Logística II |
5 |
Formación Militar Básica I y II |
3 |
Sistemas de Armas Terrestres II |
3 |
Topografía |
3 |
Defensa NBQ |
2 |
Orden Cerrado I |
1 |
|
|
Instrucción y Adiestramiento I |
2.º Curso (3.er y 4.º semestres):
Asignatura |
ECTS |
Asignatura |
ECTS |
---|---|---|---|
Matemáticas III |
6 |
Electrotecnia |
6 |
Mecánica |
6 |
Ingeniería del Medio Ambiente |
6 |
Organización de Empresa |
6 |
Calidad |
6 |
Lengua Inglesa II |
6 |
Investigación operativa |
6 |
Estadística |
6 |
Fundamentos de Informática |
6 |
Formación Física II |
3 |
Orden Cerrado II |
1 |
Estatuto de la Guardia Civil |
4 |
Formación Física II |
2 |
|
|
Organización de la Seguridad |
3 |
|
|
Armamento y Telecomunicaciones |
2 |
Instrucción y Adiestramiento II |
3.er curso (5.º y 6.º semestres):
Asignatura |
ECTS |
Asignatura |
ECTS |
---|---|---|---|
Técnicas de Ocultación de la Información |
6 |
Vulnerabilidades, Amenazas y Protocolos de Seguridad Informática |
6 |
Fundamentos de Mecánica de Fluidos |
3 |
Protección Ligera de Sistemas Móviles |
6 |
Dinámica de Explosiones |
3 |
Ciencias Forenses I |
6 |
Resistencia de Materiales |
6 |
Humanidades |
6 |
Fundamentos de Electrónica |
6 |
Derecho Administrativo II: Seguridad Pública |
3 |
Derecho Administrativo I |
3 |
Sistemas Sensores |
3 |
Marco Jurídico de la Seguridad I |
6 |
Tecnologías aplicadas a la Investigación I |
3 |
Sistemas de Gestión y Documentación I |
3 |
Lengua Inglesa III |
3 |
|
|
Formación Física III |
4 |
Instrucción y Adiestramiento III |
4.º curso (7.º y 8.º semestres):
Asignatura |
ECTS |
Asignatura |
ECTS |
---|---|---|---|
Administración y Gestión de la Seguridad de la Información |
6 |
Gestión de la Seguridad Física |
3 |
Sistemas y Redes de Comunicación para Seguridad y Emergencias |
6 |
Tratamiento de la Información-Policía Científica |
3 |
Dirección y Liderazgo |
6 |
Seguridad de Infraestructuras frente a Impacto e Intrusión |
6 |
Ciencias Forenses II |
6 |
Tecnologías aplicadas a la Investigación III: Sistemas de Información Geográfica |
3 |
Marco Jurídico de la Seguridad II |
3 |
Informática Forense |
3 |
Fundamentos de Economía |
3 |
Trabajo fin de grado |
12 |
Laboratorio de Electrónica |
3 |
Tecnologías aplicadas a la Investigación II |
3 |
Sistemas de Gestión y Documentación II |
2 |
Formación Física IV |
4 |
Seguridad Ciudadana I |
4 |
Lengua Inglesa IV |
2 |
Instrucción y Adiestramiento IV |
5.º curso (9.º y 10.º semestres):
Asignatura |
ECTS |
Asignatura |
ECTS |
---|---|---|---|
Derecho Penal I |
6 |
Derecho Penal II |
5 |
Estatuto de la Guardia Civil II |
3 |
Derecho Procesal Penal |
5 |
Fiscal, Fronteras e Inmigración |
6 |
Policía Judicial II |
3 |
Dirección y Gestión de Unidades |
6 |
Coordinación Policial y Judicial Internacional |
6 |
Amenaza Terrorista |
6 |
Inteligencia Policial |
6 |
Gestión de Crisis y Defensa Nacional |
3 |
Seguridad Ciudadana II |
5 |
Policía Judicial I |
6 |
Lengua Inglesa V |
6 |
Formación Física V |
4 |
|
|
Instrucción y Adiestramiento V |
b) Acceso por promoción interna:
1.er curso (1.er y 2.º semestres):
Asignatura |
ECTS |
Asignatura |
ECTS |
---|---|---|---|
Administración y Gestión de la Seguridad de la Información |
6 |
Gestión de la Seguridad Física |
3 |
Seguridad de Infraestructuras frente a Impacto e Intrusión |
6 |
Ciencias Forenses |
6 |
Sistemas y Redes de Comunicación para Seguridad y Emergencias |
6 |
Tratamiento de la Información-Policía Científica |
3 |
Marco Jurídico de la Seguridad II |
3 |
Dirección y Liderazgo |
6 |
Fundamentos de Economía |
3 |
Coordinación Policial y Judicial Internacional |
6 |
Tecnologías aplicadas a la Investigación III: Sistemas de Información Geográfica |
3 |
Inteligencia Policial |
6 |
Informática Forense |
3 |
Estatuto de la Guardia Civil II |
3 |
Derecho Administrativo I |
3 |
Lengua Inglesa IV |
2 |
Derecho Administrativo II: Seguridad Pública |
3 |
Formación Física IV |
4 |
Instrucción y Adiestramiento IV |
2.º curso (3.er y 4.º semestres):
Asignatura |
ECTS |
Asignatura |
ECTS |
---|---|---|---|
Derecho Penal I |
6 |
Derecho Penal II |
5 |
Dirección y Gestión de Unidades de la GC II |
3 |
Derecho Procesal Penal |
5 |
Fiscal, Fronteras e Inmigración |
6 |
Policía Judicial II |
3 |
Dirección y Gestión de Unidades de la GC |
6 |
Trabajo Académico Dirigido |
12 |
Amenaza Terrorista |
6 |
Seguridad Ciudadana |
5 |
Gestión de Crisis y Defensa Nacional |
3 |
Lengua Inglesa V |
6 |
Policía Judicial I |
6 |
Formación Física V |
4 |
Instrucción y Adiestramiento V |
1. Para la superación del plan de estudios en la materia Inglés, los alumnos deberán adquirir, al menos, las competencias propias del nivel B2, o equivalente, del Consejo de Europa según se define en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas pudiendo solicitar, una vez adquiridas las citadas competencias, el reconocimiento del perfil profesional en dicho idioma, a efectos de concurrir a las pruebas para evaluar la competencia lingüística. Caso que fuera concedido el reconocimiento, se convocaría un tribunal con carácter extraordinario exclusivamente para este fin durante su periodo de formación en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil.
2. Con el fin de promover la formación en el idioma inglés, con independencia de su enseñanza a través de los créditos asignados, en los tres últimos cursos se podrá incorporar su aprendizaje mediante la impartición, en dicho idioma, de la totalidad o parte de alguna de las materias o asignaturas que integran el presente plan de estudios.
1. La materia de Instrucción y Adiestramiento constituye el conjunto de las prácticas integradas y convergentes de las materias específicas a lo largo de todo el desarrollo del plan de estudios.
2. Normas generales sobre Instrucción y Adiestramiento:
a) Se establecerán periodos en los que Instrucción y Adiestramiento tenga carácter prioritario sobre el resto de materias del plan de estudios.
b) La Instrucción y Adiestramiento se impartirá a lo largo de los cinco cursos académicos a razón de seis semanas en cada uno de ellos, excepto en primer curso que podrá llegar hasta ocho semanas y será calificada como una materia más. Los programas de estudios en los que se desarrolle anualmente este plan detallarán la distribución temporal y contenido.
c) La Instrucción y Adiestramiento se concretará principalmente en ejercicios y prácticas, realizadas por grupos de entidad variable, relacionados con el desempeño profesional. También comprenderá, en su caso, períodos de prácticas, intercambios o visitas a unidades de la Guardia Civil u otros organismos nacionales o internacionales siempre que estén relacionados con el futuro desarrollo profesional.
d) La materia de Instrucción y Adiestramiento que se desarrolle en los cursos 1.º y 2.º en los que se estructura este plan de estudios, se regirá por lo establecido en el Plan de estudios de la enseñanza de formación para la integración en el Cuerpo General del Ejército de Tierra mediante la forma de ingreso sin titulación, aprobado por Orden Ministerial 51/2010, de 30 de julio.
3. La superación de la materia de Instrucción y Adiestramiento habilitará para la dirección de los ejercicios de tiro establecidos para las unidades de la Guardia Civil.
1. La Formación Física abarcará la adquisición de conocimientos aplicados y la práctica de ejercicios dirigidos a:
a) Acreditar un grado de aptitud física adecuado para el cumplimiento de los cometidos propios del futuro Oficial de la Guardia Civil.
b) Aplicar técnicas de defensa personal policial.
c) Ser capaz de instruir adecuadamente al personal del Cuerpo en estos ámbitos.
d) Sentar las bases que contribuyan al mantenimiento durante la carrera profesional de las condiciones físicas personales adecuadas.
2. Las pruebas físicas y marcas que los alumnos deberán superar para progresar en los distintos cursos de la enseñanza de formación son las siguientes:
Prueba |
Sexo |
Curso 1.º |
Curso 2.º |
Curso 3.º |
Curso 4.º |
Curso 5.º |
---|---|---|---|---|---|---|
Potencia tren inferior (1) |
H |
44 |
46 |
48 |
48 |
48 |
M |
38 |
40 |
42 |
42 |
42 |
|
Potencia tren superior (2) |
H |
20 |
22 |
25 |
25 |
25 |
M |
14 |
16 |
19 |
19 |
19 |
|
Velocidad (3) |
H |
7,9" |
7,8" |
7,6" |
7,6" |
7,6" |
M |
8,7" |
8,6" |
8,4" |
8,4" |
8,4" |
|
Resistencia (4) |
H |
3'50" |
3'45" |
3'35" |
3'35" |
3'35" |
M |
4'20" |
4'15" |
4'05" |
4'05" |
4'05" |
|
Soltura acuática (5) |
H |
59" |
58" |
55" |
55" |
55" |
M |
1'07" |
1'06" |
1'03" |
1'03" |
1'03" |
|
Complementaria de resistencia (6) |
H |
34' |
33' |
31' |
31' |
31' |
M |
38' |
37' |
35' |
35' |
35' |
3. Descripción de las pruebas:
a) Potencia de tren inferior (1). Consistirá en la ejecución de un salto vertical, con los pies juntos desde la posición de parado, en el que se calculará la diferencia en centímetros entre la marca obtenida con el brazo levantado y la realizada en el salto.
b) Potencia tren superior (2). Consistirá en la realización de extensiones de brazos desde la posición de tierra inclinada. La puntuación de la prueba será el número de repeticiones válidas realizadas.
c) Velocidad (3). Consistirá en la ejecución de una carrera de 50 metros lisos, realizada en pista de atletismo o, en su caso, en un pasillo de 50 metros de longitud, marcado sobre una superficie plana y consistente.
d) Resistencia (4). Consistirá en la ejecución de una carrera de 1.000 metros lisos realizada preferentemente en pista de atletismo o, en su caso, sobre una superficie plana y consistente, con señales que permitan al alumno el cálculo de la distancia pendiente de completar.
e) Soltura acuática (5). Consistirá en completar 50 metros de natación estilo libre, en una piscina de longitud suficiente que permita la realización de la prueba. Cuando por falta de instalaciones en un determinado centro docente militar no sea posible realizar la prueba, ésta se dará por superada con la marca correspondiente obtenida en el proceso de selección, que también servirá para obtener su calificación.
f) Complementaria de resistencia (6). Consistirá en la ejecución de una carrera de 6.000 metros lisos, se podrá realizar en pista de atletismo o sobre otra superficie de suficiente consistencia y en terreno sensiblemente llano, con señales que permitan al alumno el cálculo de la distancia pendiente de completar.
1. Se entiende por actividad de extensión académica la dirigida a enriquecer el bagaje de conocimientos y experiencias culturales del alumno que, estando o no relacionada con las materias de enseñanza que integran el plan de estudios, no es objeto de evaluación, se desarrolla en períodos de tiempo distintos de los previstos para las actividades docentes y contribuye de manera efectiva a los fines formativos de este plan de estudios y a la formación integral del alumno.
2. La Academia de Oficiales de la Guardia Civil y, en su caso, el Centro Universitario de la Guardia Civil, establecerán actividades de extensión académica orientadas a ampliar la propuesta académica y cultural de este plan de estudios.
De conformidad con lo dispuesto en las directrices generales de planes de estudio de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales, aprobadas por el Real Decreto 634/2013, de 2 de agosto, se relacionan a continuación, por módulos, las materias de enseñanza que, distribuidas por asignaturas, componen el plan de estudios objeto de esta orden ministerial:
Módulo |
Materia |
Curso |
ECTS |
Asignatura |
Breve descripciön |
---|---|---|---|---|---|
Formación Militar. |
Sistemas de Armas. |
1.º |
2 |
Sistemas de Armas Terrestres I. |
|
1.º |
3 |
Sistemas de Armas Terrestres II. |
|
||
1.º |
2 |
Defensa NBQ. |
|
||
Topografía. |
1.º |
3 |
Topografía. |
|
|
Formación básica. |
1.º |
3 |
Formación Militar Básica I y II. |
|
|
Táctica y Logística. |
1.º |
2 |
Táctica y Logística I. |
|
|
1.º |
5 |
Táctica y Logística II. |
|
||
Formación Física y Orden Cerrado. |
1.º |
6 |
Formación Física I. |
|
|
1.º |
1 |
Orden Cerrado I. |
|
||
2.º |
5 |
Formación Física II. |
|
||
2.º |
1 |
Orden Cerrado II. |
|
||
Instrucción y Adiestramiento. |
1.º |
– |
Instrucción y Adiestramiento I. |
|
|
2.º |
– |
Instrucción y Adiestramiento II. |
|
||
Formación de Grado. |
Matemáticas. |
1.º |
6 |
Matemáticas I. |
Cálculo diferencial. Cálculo integral. |
1.º |
6 |
Matemáticas II. |
Álgebra lineal. Geometría. |
||
2.º |
6 |
Matemáticas III. |
Ecuaciones diferenciales ordinarias. Ecuaciones en derivadas parciales. |
||
Física. |
1.º |
6 |
Física I. |
Cinemática y dinámica. Elasticidad y mecánica de fluidos. Termodinámica. |
|
1.º |
6 |
Física II. |
Electromagnetismo. Ondas mecánicas. Ondas electromagnéticas. |
||
Química. |
1.º |
6 |
Química. |
Termodinámica química. Bases para la cinética química. Química aplicada a la ingeniería. |
|
Administración de Empresas. |
1.º |
6 |
Fundamentos de Administración de Empresas. |
Economía y empresa. Procesos de administración. Planificación y toma de decisiones. Organización de la empresa. Análisis de entorno. Dirección funcional. |
|
2.º |
6 |
Organización de Empresas. |
Proceso directivo de la empresa. Estructuras y organización. Procesos operativos. Prevención de riesgos laborales. |
||
Informática. |
2.º |
6 |
Fundamentos de Informática. |
Computador. Abstracción con procedimientos. Abstracción con datos. |
|
Expresión gráfica y DAO. |
1.º |
6 |
Expresión Gráfica y DAO. |
Técnicas de desarrollo de visión espacial. Geometría métrica y descriptiva. Sistemas de representación gráfica. Aplicaciones de Diseño Asistido por Ordenador. |
|
Estadística. |
2.º |
6 |
Estadística. |
Análisis de datos. Probabilidades. Modelos de distribución. Muestreo y estimación. Intervalos de confianza. Optimización. |
|
Ingeniería. |
2.º |
6 |
Electrotecnia. |
Circuitos. Métodos básicos de análisis. Teoremas fundamentales. Máquinas eléctricas. |
|
2.º |
6 |
Mecánica. |
Cinemática de sistemas mecánicos. Fuerzas en sistemas mecánicos. Geometría de masas. Dinámica de sistemas. Aplicaciones. |
||
2.º |
6 |
Investigación Operativa. |
Metodología de la IO. Programación lineal. Modelos de flujo en redes. Técnicas de decisión multicriterio. Análisis de decisiones en entornos de incertidumbre y de riesgo. Teoría de juegos. |
||
2.º |
6 |
Ingeniería del Medio Ambiente. |
Prevención y control. Contaminación de aguas, atmosférica y por residuos. Evaluación impacto ambiental y SGMA. Legislación básica. |
||
3.º |
6 |
Fundamentos de Electrónica. |
Introducción a electrónica. Aplicaciones. Circuitos analógicos y digitales. |
||
3.º |
6 |
Resistencia de Materiales. |
Concepto de sólido deformable, tensión y deformación. Ecuaciones de comportamiento. Torsión y flexión. Criterios de fallo. |
||
Formación de Grado y Fuerza y Cuerpo de Seguridad (FCS). |
Lengua Inglesa. |
1.º |
6 |
Lengua Inglesa I. |
Contenidos específicos adecuados al nivel B1 del marco europeo de referencia. Aspectos prácticos del uso de la lengua inglesa en el entorno profesional (militar). Práctica de las habilidades comunicativas correspondientes a los niveles B1/B2 y STANAG 6001 SLP2. Contenidos de gramática y léxico adecuados a los niveles B1/B2. |
2.º |
6 |
Lengua Inglesa II. |
Contenidos específicos adecuados al nivel B2 del marco europeo de referencia. Aspectos prácticos del uso de la lengua inglesa en el entorno profesional (militar). Práctica de las habilidades comunicativas correspondientes a los niveles B1/B2 y STANAG 6001 SLP3. Contenidos de gramática y léxico adecuados a los niveles B1/B2. |
||
Calidad. |
2.º |
6 |
Calidad. |
Técnicas de gestión de calidad. Medición de la calidad. Certificación de sistemas de calidad. |
|
Formación de Grado y Fuerza y Cuerpo de Seguridad (FCS). |
Seguridad Física. |
3.º |
3 |
Fundamentos de Mecánica de Fluidos. |
Estudio de los medios fluidos. Conceptos de cinemática y tensor de velocidad de deformación. Las fuerzas de superficie que aparecen en el interior de los medios fluidos: presión y esfuerzos viscosos. Aplicaciones de la formulación en forma integral a la resolución de problemas sencillos. Introducción al análisis dimensional con aplicaciones sencillas que motiven su utilidad. |
3.º |
3 |
Dinámica de Explosiones. |
Introducción a los explosivos, características y tipología. Concepto de compresibilidad y número de Mach. Condiciones de salto a través de frentes reactivos (detonaciones y deflagraciones) y no reactivos (ondas de choque). Análisis dimensional. Interacción de ondas de choque con paredes. Simulación de la dinámica de explosiones en geometrías. |
||
3.º |
6 |
Protección Ligera de Sistemas Móviles. |
Análisis de protecciones de sistemas móviles (vehículos y personal). Modelización del comportamiento de protecciones metálicas, protecciones cerámicas, protecciones de material compuesto reforzado con fibras y protecciones transparentes frente a impacto localizado, cargas impulsivas y ataque por arma blanca. |
||
3.º |
3 |
Sistemas Sensores. |
Circuitos electrónicos de adquisición y acondicionamiento de señal. Ruido e interferencia. Medida de magnitudes físicas de sensores. Tipos de sensores: acústicos, sísmicos, magnéticos, piezoelectricos, infrarrojos, microondas y radar, sensores de magnitudes biométricas. Fusión de datos. Sistemas de instrumentación. |
||
4.º |
6 |
Seguridad de Infraestructuras frente a Impacto e Intrusión. |
Análisis de infraestructuras sometidas a cargas impulsivas (impacto localizado, explosión). Modelización y diseño de sistemas de protección. Sistemas anti-intrusión. Diseño de sistemas que garanticen la seguridad frente a distintos tipos de amenaza: vehículos bomba, ataque balístico, proyectiles lanzados a mano, paquetes bomba. |
||
4.º |
3 |
Gestión de la Seguridad Física. |
Planificación de instalaciones de seguridad en infraestructuras. Identificación de amenazas potenciales, así como de las vulnerabilidades. Metodologías de diseño de infraestructuras orientadas a la integración de sistemas para su protección física, aunando las tecnologías de diseño arquitectónico y protección estructural con las tecnologías electrónicas y de comunicación. Conceptos relativos a la definición de planes de seguridad. |
||
Formación de Grado y Fuerza y Cuerpo de Seguridad (FCS). |
Seguridad informática. |
3.º |
6 |
Técnicas de Ocultación de Información. |
Objetivos de la seguridad de la información. Medidas de seguridad y su clasificación. Bases matemáticas de la criptografía. Algoritmos de cifrado. Algoritmos esteganográficos. Funciones resumen (hash). Firma electrónica. Certificados electrónicos. Terceros de confianza e infraestructuras de clave pública. |
3.º |
6 |
Vulnerabilidades, Amenazas y Protocolos de Seguridad Informática. |
Protocolos básicos de interconexión de sistemas. Situación de la seguridad de los sistemas y productos informáticos. Vulnerabilidades intrínsecas y extrínsecas. Análisis y clasificación de los ataques informáticos. Valoración de sus consecuencias. Medidas y servicios de seguridad. Mecanismos y protocolos de seguridad. Ataques específicos a los mismos. Sistemas de autenticación. |
||
4.º |
6 |
Administración y Gestión de la Seguridad de la Información. |
Planes de seguridad. El ciclo de la seguridad. Metodologías de análisis y gestión de riesgos. Diseño de los sistemas. Procedimientos y estándares de planes de recuperación. Desarrollo de planes integrales de recuperación. Organismos nacionales, europeos e internacionales de normalización. Auditorías. |
||
4.º |
3 |
Tratamiento de la Información-Policía Científica. |
Teoría de la información. Introducción sobre el tratamiento de señales tanto analógicas como digitales. Estándares de compresión y codificación. Procesamiento digital de imágenes y audio. |
||
Seguridad Electrónica y de Telecomunicaciones. |
4.º |
3 |
Laboratorio de Electrónica. |
Instrumentación electrónica. Técnicas de medida. Caracterización E/O de dispositivos electrónicos y fotónicos. Caracterización de sistemas de comunicaciones E/O básicos. Técnicas de Ingeniería inversa. |
|
4.º |
6 |
Sistemas y Redes de Comunicación para Seguridad y Emergencias. |
Fundamentos de los sistemas de comunicaciones. Técnicas y Sistemas de transmisión. Teoría de la comunicación. Radiocomunicación. Radiación, propagación y procesado de señales. Redes de comunicaciones (red celular, tetra, tetrapol, GSM, UMTS, móviles terrenas y satelitales). |
||
Humanidades. |
3.º |
6 |
Humanidades. |
Historia de la GC. Deontología profesional. Prevención de la discriminación y la desigualdad. |
|
Formación de Grado y Fuerza y Cuerpo de Seguridad (FCS). |
Ciencias Jurídicas y Sociales. |
3.º |
6 |
Marco Jurídico de la Seguridad I. |
Constitución y sistema de fuentes. Organización constitucional del Estado. |
4.º |
3 |
Marco Jurídico de la Seguridad II. |
Significado y función de los derechos fundamentales. Eficacia y límites. Interpretación de los derechos fundamentales. Las garantías de las libertades y derechos fundamentales. |
||
4.º |
3 |
Fundamentos de Economía. |
Factores de producción. Doctrinas económicas. Economía del sector público. Gasto y presupuesto. Órganos administrativos de ejecución del presupuesto. Procedimientos de gasto, pago e intervención. Gestión de gasto de personal. Gestión de gastos contractuales. |
||
4.º |
6 |
Dirección y liderazgo. |
El ciclo directivo. Planificación estratégica. Fundamentos del ejercicio del liderazgo. El individuo y el grupo. Estilos de dirección. La Comunicación. Motivación. Herramientas para el desarrollo de habilidades de liderazgo y toma de decisiones. Gestión del tiempo y de conocimiento. Estrés. Conflicto, cambio y aspectos multiculturales. Técnicas de negociación y manejo de reuniones. |
||
3.º |
3 |
Derecho Administrativo I. |
El régimen jurídico de las Administraciones públicas. El procedimiento administrativo. Actos administrativos. Control de la actuación administrativa. El reglamento. La autotutela administrativa. El interés general. |
||
3.º |
3 |
Derecho Administrativo II: Seguridad Pública. |
La expropiación forzosa. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. |
||
Técnica profesional e investigación. |
3.º |
6 |
Ciencias forenses I. |
Tecnologías aplicadas a la obtención de datos y vestigios. Identificación de personas. Sistemas automáticos de investigación. Muestras biológicas. Acústica forense. |
|
3.º |
3 |
Tecnologías Aplicadas a la Investigación I. |
Fundamentos de óptica. Cámaras de video y aplicaciones en seguridad. Cámaras térmicas y de infrarrojos. Reconocimiento de patrones. Sistemas de almacenamiento masivo de imágenes. |
||
4.º |
6 |
Ciencias Forenses II. |
Identificación de documentos y objetos. Balística y trazas instrumentales. Infografía forense. Metodología y procedimientos basados en sistemas de calidad. Inteligencia científica. Pericias. |
||
Formación de Grado y Fuerza y Cuerpo de Seguridad (FCS). |
Técnica profesional e investigación. |
4.º |
3 |
Tecnologías Aplicadas a la Investigación II. |
Sistemas gestores de bases de datos relacionales. Lenguaje de datos SQL: definición y manipulación. Diseño de BD en el modelo relacional. Minería de datos y gestión del conocimiento. Técnicas de clasificación y agrupamiento de datos. |
4.º |
3 |
Tecnologías Aplicadas a la Investigación III: Sistemas de Información Geográfica. |
Sistemas de información geográfica GIS Aplicaciones en sistemas de seguridad. |
||
4.º |
3 |
Informática Forense. |
Modelos y mecanismos de control de accesos. Análisis de rastros de intrusiones en redes. Técnicas y herramientas de borrado seguro de información y de recuperación de datos. Identificación, obtención y aseguramiento de las pruebas electrónicas. |
||
Trabajo Fin de Grado. |
4.º |
12 |
Trabajo Fin de Grado. |
|
Módulo |
Materia |
Tipo |
Curso |
ECTS |
Asignatura |
Breve descripción |
---|---|---|---|---|---|---|
Formación de FCS. |
Formación Física y Orden Cerrado. |
OB |
3.º |
4 |
Formación Física III. |
Formación física. Orden cerrado. Defensa personal policial. |
OB |
4.º |
4 |
Formación Física IV. |
Formación física. Orden cerrado. Defensa personal policial. |
||
OB |
5.º |
4 |
Formación Física V. |
Formación física. Orden cerrado. Defensa personal policial. |
||
Ciencias Sociales y Jurídicas. |
OB |
2.º |
3 |
Organización de la Seguridad. |
Sistema de seguridad pública español. Organización central y periférica. Organización del Ministerio del Interior. Administración de seguridad autonómica y local. |
|
OB |
4.º |
4 |
Seguridad Ciudadana I. |
Ley de Seguridad Ciudadana y su desarrollo. Seguridad Privada: normativa de desarrollo. Reglamentación de armas. |
||
OB |
5.º |
5 |
Seguridad Ciudadana II. |
Reglamentación de explosivos y pirotecnia. Protección de la naturaleza. Seguridad vial y transportes. |
||
OB |
5.º |
6 |
Derecho Penal I. |
Teoría general del delito. Delitos contra las personas y la sociedad. |
||
OB |
5.º |
5 |
Derecho Penal II. |
Delitos contra el patrimonio. Delitos de los funcionarios. |
||
OB |
5.º |
5 |
Derecho Procesal Penal. |
Ordenamiento procesal español. Sistema judicial español. Procesos penales ordinarios y especiales. Presupuestos y objeto del proceso penal. |
||
OB |
5.º |
6 |
Coordinación Policial y Judicial Internacional. |
Cooperación policial y judicial en la UE. Derecho de la UE. Instrumento de cooperación policial internacional. Tribunal Penal Internacional. |
||
Formación de FCS. |
Técnica profesional e investigación. |
OB |
2.º |
4 |
Estatuto de la Guardia Civil I. |
Función pública. Ley de Personal y normas de desarrollo. Derechos y Deberes. Normativa interna Cuerpo. Prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil. |
OB |
2.º |
2 |
Armamento y Telecomunicaciones. |
Sistemas de armas y telecomunicaciones de la GC. Actuación operativa. Artefactos explosivos terroristas. |
||
OB |
3.º |
3 |
Sistemas de Gestión y Documentación I. |
Sistemas informáticos de gestión de la GC. Gestión de documentación. |
||
OB |
4.º |
2 |
Sistemas de Gestión y Documentación II. |
Sistemas informáticos de gestión de la GC. Prácticas de escritos y expedientes |
||
OB |
5.º |
3 |
Estatuto de la Guardia Civil II. |
Régimen disciplinario. Normativa penal y procesal militar. |
||
OB |
5.º |
6 |
Dirección y Gestión de Unidades. |
Planeamiento operativo. Planificación y dirección del servicio. Prevención de delincuencia. Servicio en puertos, aeropuertos, centros penitenciarios y conducción de detenidos, presos y penados. Protección de personas y bienes. |
||
OB |
5.º |
6 |
Fiscal, Fronteras e Inmigración. |
Sistema fiscal europeo y español. Fraude fiscal. Contrabando. Blanqueo de capitales. Resguardo fiscal. Fronteras UE. Schengen. Inmigración irregular. |
||
OB |
5.º |
3 |
Gestión de Crisis y Defensa Nacional. |
Defensa nacional. Sistema nacional de protección civil. Misiones militares Guardia Civil. Operaciones de paz. Gestión civil de crisis. |
||
OB |
5.º |
6 |
Amenaza Terrorista. |
Teoría general de la amenaza del terrorismo y lucha contraterrorismo. Amenazas terroristas contra España y contra la comunidad internacional. El SIGC. |
||
OB |
5.º |
6 |
Inteligencia Policial. |
Ciclo de Inteligencia. Sistemas de trabajo en inteligencia. Métodos de obtención. Materias clasificadas. "Intelligence Management" en la lucha contra el crimen organizado. "Modi operandi" delincuenciales. |
||
OB |
5.º |
6 |
Policía Judicial I. |
La Policía Judicial en el proceso penal. Normas organización y empleo de Unidades de Policía Judicial. Curso de Policía Judicial. Curso de Medicina Legal. |
||
OB |
5.º |
3 |
Policía Judicial II. |
Práctica de diligencias policiales. |
||
Formación de FCS. |
Lengua Inglesa. |
OB |
3.º |
3 |
Lengua Inglesa III. |
Contenidos específicos adecuados al nivel B2 del marco europeo de referencia. Aspectos prácticos del uso de la lengua inglesa en el entorno profesional (policial). Práctica de las habilidades comunicativas correspondientes a los niveles B1/B2 y STANAG 6001 SLP3. Contenidos de gramática y léxico adecuados a los niveles B1/B2. |
OB |
4.º |
2 |
Lengua Inglesa IV. |
Contenidos específicos adecuados al nivel B2 del marco europeo de referencia. Aspectos prácticos del uso de la lengua inglesa en el entorno profesional (policial). Práctica de las habilidades comunicativas correspondientes a los niveles B1/B2 y STANAG 6001 SLP3. Contenidos de gramática y léxico adecuados a los niveles B1/B2. Aspectos prácticos de uso de la lengua en entornos profesionales específicos (grupos de trabajo, cooperación policial). |
||
OB |
5.º |
6 |
Lengua Inglesa V. |
Contenidos específicos adecuados al nivel B2 del marco europeo de referencia. Aspectos prácticos del uso de la lengua inglesa en el entorno profesional (policial). Práctica de las habilidades comunicativas correspondientes a los niveles B1/B2 y STANAG 6001 SLP3. Contenidos de gramática y léxico adecuados a los niveles B1/B2. Aspectos prácticos de uso de la lengua en entornos profesionales específicos (grupos de trabajo, cooperación policial). |
||
Instrucción y Adiestramiento. |
OB |
3.º, 4.º y 5.º |
– |
Instrucción y Adiestramiento III, IV, V. |
|
Se modifica por el art. único.1 a 6 de la Orden PRE/282/2015, de 17 de febrero. Ref. BOE-A-2015-1789.
Véanse, para su aplicación, las disposiciones transitorias 1 y 2 de la citada Orden.
[Bloque 12: #anii]
Establecer los criterios y normas de evaluación de los alumnos, de progreso en los planes de estudios y de permanencia en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil.
Regular el tránsito de los alumnos a lo largo de su plan de estudios con objeto de que lo cursen en los plazos previstos.
1. Será de aplicación a todos los alumnos el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala superior de oficiales de la Guardia Civil, durante los períodos que se desarrollen en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil y su Centro Universitario.
2. Para los alumnos del citado plan de estudios que cursen enseñanzas en la Academia General Militar y en el Centro Universitario de la Defensa allí ubicado, les será de aplicación lo dispuesto en la Orden Ministerial 49/2010, de 30 de julio, por la que se establecen las normas de evaluación y de progreso y permanencia en los centros docentes militares de formación, para la incorporación a las escalas de oficiales.
1. Se crea en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, un órgano colegiado denominado Junta Docente, en adelante la Junta.
2. La Junta estará integrada por el personal siguiente:
a) Presidente de la Junta: El Subdirector Jefe de Estudios.
b) Secretario de la Junta: El jefe del órgano auxiliar de la Jefatura de Estudios.
c) Vocales: Los directores de departamentos y el resto de los subdirectores docentes del centro.
3. Cuando en las cuestiones a dilucidar se encuentre implicado el Centro Universitario de la Guardia Civil serán también integrantes de la Junta:
a) Como Vicepresidente de la Junta: El Subdirector o Secretario del centro universitario.
b) Como vocales: Los directores de las áreas departamentales del centro universitario.
4. El Presidente de la Junta podrá convocar a los profesores cuya presencia estime necesaria en las sesiones que mantenga.
5. Corresponde a la Junta el diseño y aprobación del plan de matrícula de los alumnos; asimismo, le corresponde la supervisión de la aplicación correcta de las presentes normas, proponer la resolución de las posibles reclamaciones de carácter académico de los alumnos, valorar los casos en los que haya que considerar determinadas situaciones especiales de los mismos y analizar tanto las causas para la dispensa de convocatoria como todos aquellos aspectos que pudieran afectar a la actividad docente del centro docente de formación.
La citada aplicación, no se verá limitada por los parámetros marcados en las siguientes normas, sino que estos serán tomados como referencia, atendiendo a las condiciones del alumno. En las propuestas que emitan, expondrán los motivos que las justifiquen.
6. Las propuestas de la Junta deberán ser elevadas al Director de la Academia de Oficiales para su resolución.
1. El reconocimiento de créditos de las diferentes asignaturas del título de grado será llevado a cabo según la normativa universitaria, por el Centro Universitario de la Guardia Civil.
2. A los guardias civiles que accedan a la enseñanza de formación para la incorporación, por promoción interna a la Escala Superior de Oficiales, se les podrá reconocer, si así lo solicitan, los créditos correspondientes a los módulos, materias y asignaturas, no incluidas en el título de grado, que conformen el plan de estudios. La Jefatura de Estudios gestionará el reconocimiento de dichos créditos.
1. Se entiende por plan de matrícula, la determinación de las asignaturas de las que deberá matricularse el alumno en cada curso escolar. Será el resultado de tener en cuenta, entre otros factores, la carga de trabajo mínima y máxima del alumno.
2. El alumno estará encuadrado en aquel curso en el que se encuentre matriculado de la correspondiente materia de Instrucción y Adiestramiento.
3. La carga de trabajo máxima del alumno en cada curso escolar se establece para asegurar que el reparto del esfuerzo del alumno sea racional, de modo que le permita afrontar cada curso con suficientes garantías de éxito. A su vez, la carga mínima permite que todos los alumnos lleven a cabo sus estudios en condiciones de equidad.
4. La Junta Docente de la Academia de Oficiales seleccionará las asignaturas del título de grado de las que el alumno puede matricularse del curso siguiente al que se encuentre encuadrado, pudiendo alcanzar hasta un máximo de créditos igual a los previstos para ese curso de la titulación de grado. Además, se les podrá matricular de hasta un treinta por ciento (30%) de créditos adicionales.
1. La materia Instrucción y Adiestramiento será evaluada exclusivamente por el sistema de evaluación continua. Una falta de asistencia superior al treinta por ciento (30%) de los periodos dedicados a ella comportará su no superación por evaluación continua.
2. Mediante la observación sistemática de los alumnos y la realización de las pruebas prácticas necesarias se valorarán las aptitudes alcanzadas por cada uno de ellos y se les calificará.
3. La evaluación contará, como instrumento básico, con las informaciones y calificaciones que, sobre cada alumno y sobre el grupo, aporten los profesores de esta materia, y, como elemento orientador y de contraste, con las calificaciones de las asignaturas que tengan relación con ella.
4. La superación de esta materia será condición necesaria para el progreso en el plan de estudios.
1. Para superar la materia será necesario alcanzar las marcas mínimas establecidas en el anexo I, apartado séptimo.2, de esta orden ministerial. No obstante, la calificación final vendrá determinada por las marcas que vaya obteniendo el alumno así como por la calificación de aquellos otros parámetros y, en su caso, asignaturas que conformen la materia.
2. Se celebrarán, al menos, tres evaluaciones y calificaciones por cada curso académico.
Si por cualquier circunstancia un alumno no pudiese ser evaluado tres veces, se considerarán las últimas calificaciones obtenidas por el alumno como determinantes para las notas de curso y finales de la materia.
3. En el caso de no superar la materia se dará opción a una sola prueba extraordinaria que tendrá lugar antes del comienzo de curso siguiente. Si en esta prueba no se superase la evaluación el alumno deberá permanecer en el mismo curso.
4. Las calificaciones serán el resultado de transformar a puntuaciones, comprendidas entre 0 y 10 puntos y conforme a criterios predeterminados, los objetivos didácticos que sucesivamente se alcancen. La puntuación final correspondiente al nivel mínimo exigido será la de cinco (5) puntos.
1. Se entiende por convocatoria la oportunidad que se le ofrece al alumno para superar una asignatura determinada.
2. El número máximo de convocatorias para cada una de las asignaturas será de cuatro, sin que ello excluya la aplicación de la normativa universitaria para el título de grado, y la forma de superarlas será alguna de las siguientes:
a) A lo largo del curso mediante el proceso de evaluación continua.
b) En el caso de no superarla por evaluación continua, mediante un examen al acabar la asignatura (primera convocatoria).
c) En el caso de no superarla en la primera convocatoria, antes del comienzo del siguiente curso académico, mediante la superación de un examen (segunda convocatoria).
d) En el caso de no superar el examen de la segunda convocatoria, dicha asignatura se podrá superar repitiendo el proceso indicado en a), b) y c) (tercera y cuarta convocatoria).
En lo referente a los puntos a) y b) del apartado anterior, para las asignaturas del título de grado se aplicará lo dispuesto en la normativa específica de la Universidad de Adscripción.
3. Una convocatoria se considera consumida cuando el alumno se ha presentado a ella, o cuando no haya sido dispensada conforme a lo dispuesto en estas normas.
4. El alumno podrá solicitar ser examinado en la última convocatoria por un tribunal nombrado por el director del centro responsable de la asignatura. En el caso de que la asignatura corresponda al título de grado, dicho tribunal, a juicio de la dirección del centro universitario, podrá contar con el asesoramiento de un representante de la Jefatura de Estudios de la Academia de Oficiales.
5. La no superación de alguna asignatura, tras agotar las cuatro convocatorias y, en su caso, la extraordinaria supondrá la baja en el centro docente de formación.
La Junta Docente otorgará dispensa de convocatoria de una asignatura determinada por alguna de las causas siguientes:
a) Enfermedad o lesión que impida su presentación a la convocatoria según informe facultativo expresado explícitamente en certificado médico oficial.
b) Circunstancias familiares o personales excepcionales, debidamente acreditadas, que justifiquen la dispensa.
c) Cualquier otra circunstancia que a juicio de la Junta Docente haya de tenerse en cuenta.
1. Una vez consumidas las cuatro convocatorias a las que se hace referencia el apartado 2 de la norma novena sin haber superado la asignatura, el alumno podrá solicitar una convocatoria extraordinaria.
2. La concesión de dicha convocatoria tendrá carácter extraordinario y se ajustará a los criterios siguientes:
a) Se podrá conceder a los alumnos de cualquier curso y para un máximo de dos asignaturas pudiendo realizarse una sola petición por curso.
b) La Junta Docente informará por escrito sobre la conveniencia de su concesión en función del expediente académico y aquellas otras circunstancias de carácter personal que pudieran haber influido en el solicitante.
3. Corresponde al director de la Academia de Oficiales de la Guardia Civil o de la Academia General Militar del Ejército de Tierra, según el caso, a la vista de las sugerencias y propuestas que eleve la Junta Docente, la concesión de la convocatoria extraordinaria.
4. El alumno podrá solicitar ser examinado por un tribunal nombrado por el director del centro responsable de la asignatura. Dicho tribunal, a juicio de la dirección del Centro Universitario de la Defensa o de la Guardia Civil, podrá contar con el asesoramiento de un representante de la jefatura de estudios de la Academia de Oficiales de la Guardia Civil o de la Academia General Militar del Ejército de Tierra, anteriormente citadas.
5. A efectos de ordenación de los alumnos a los que superen la asignatura en convocatoria extraordinaria, se les aplicará el coeficiente de convocatoria de 0,50.
1. La evaluación, en el ámbito de la enseñanza de formación, para aquellas asignaturas no comprendidas en el título de grado, presenta los siguientes rasgos definitorios:
a) Tiene carácter continuo.
b) Contribuye al proceso de enseñanza y aprendizaje.
2. En el proceso de formación se verificarán, con criterios objetivos, los conocimientos adquiridos por los alumnos, el desarrollo de su formación, su aptitud para el servicio y su rendimiento escolar mediante las correspondientes evaluaciones, calificaciones e informes personales del alumno.
3. El método, características y condiciones para la evaluación de cada materia o asignatura figurará en la correspondiente «guía didáctica».
4. La superación de una materia o asignatura comportará la obtención de los créditos correspondientes a la misma.
1. La calificación académica será la nota resultante de valorar el aprendizaje del alumno en cada una de las materias y asignaturas que componen la enseñanza de formación.
2. De la calificación académica se deducirá la calificación ponderada, que es el resultado de valorar la primera en función de la convocatoria en la que se ha superado la asignatura, y de un coeficiente proporcional a los ECTS de la misma.
3. La calificación ponderada servirá de base para la ordenación de los alumnos; en caso de igualdad de puntuación, se dará prioridad al alumno que tenga la mejor calificación en la materia «Instrucción y Adiestramiento»; a igualdad de ésta, al de mayor calificación en idioma Inglés, y de persistir la igualdad, al de mayor edad.
4. La ponderación de las calificaciones de las asignaturas en función de la convocatoria en que se hayan superado y de las asignaturas cuyos créditos se hayan reconocido es la siguiente:
Convocatoria |
1.ª |
2.ª y créditos reconocidos |
3.ª |
4.ª |
NO superada (a efectos de cálculo) |
---|---|---|---|---|---|
Coeficiente de convocatoria |
1 |
0,95 |
0,85 |
0,80 |
0 |
5. El Director General de la Guardia Civil, a propuesta del Subdirector General de Personal, establecerá los coeficientes de ponderación de las calificaciones de las asignaturas en función de los ECTS asignados.
1. Todo alumno podrá solicitar la revisión de examen. Esta solicitud se dirigirá, en primera instancia, al profesor de la asignatura, que actuará de acuerdo con las normas establecidas por el departamento.
2. En el supuesto de que la materia o asignatura fuese de la titulación de grado, el procedimiento de revisión será el establecido por las normas del Centro Universitario de la Guardia Civil.
3. El profesor atenderá, durante los tres días hábiles siguientes a la notificación de las notas de cada materia o asignatura y en el horario que se determine por el departamento, las solicitudes que haya por parte de los alumnos para la revisión de exámenes.
4. Cuando el examen sea el correspondiente a la última convocatoria, el alumno podrá solicitar la revisión por un tribunal constituido a tal efecto. En el caso de que la materia o asignatura sea del título de grado, a juicio de la dirección del centro universitario, se podrá contar con el asesoramiento de un representante de la Jefatura de Estudios de la Academia de Oficiales.
5. Si una vez realizada la revisión a que se refieren los dos párrafos anteriores, siguiera sin estar de acuerdo con la decisión adoptada, el alumno podrá formular recurso ante el director del centro correspondiente, en los plazos y condiciones que a tal efecto se establezcan.
1. A la vista de la calificación obtenida por evaluación continua, en cualquier materia o asignatura excepto en Instrucción y Adiestramiento, todo alumno que la haya superado, podrá solicitar ser sometido a una prueba, para la mejora de la calificación, sobre la totalidad de dicha materia o asignatura.
2. La prueba a realizar será la misma que la que hayan de superar los que, en la evaluación continua, no hayan obtenido al menos la calificación de cinco.
3. La calificación definitiva será la mejor de las obtenidas por evaluación continua o mediante la citada prueba de mejora.
4. Esta mejora no será aplicable en aquellas asignaturas en las que se haya obtenido reconocimiento de créditos.
1. Se estará en condiciones de pasar de curso progresando en los planes de estudios cuando se reúnan las dos condiciones siguientes:
a) Haber superado todas las materias y asignaturas de la formación no comprendidas en el título de grado.
b) Tener superados al menos, el setenta por ciento (70 %) de los créditos de las asignaturas establecidas en el plan de estudios del título de grado para el curso en que el alumno esté encuadrado.
2. Cuando se declare selectivo un determinado curso, el alumno no podrá progresar si no tiene superadas todas las materias y asignaturas de su plan de estudios.
1. Un alumno no progresará y por tanto, permanecerá en un curso, cuando como resultado de sus evaluaciones, y sin causar baja en el centro docente de formación, no reúna todas las condiciones para pasar al curso siguiente.
2. Los alumnos que permanezcan en un curso participarán en las actividades de las materias de Instrucción y Adiestramiento, Formación Física e idioma Inglés, aún cuando las tuvieran superadas. Siempre y cuando sea posible, podrán ser evaluados nuevamente manteniendo en el expediente académico la nota más alta alcanzada.
3. Los alumnos permanecerán en un curso cuando por motivos de lesión o enfermedad no puedan asistir al treinta por ciento (30%) de los periodos dedicados a Instrucción y Adiestramiento.
1. Un alumno permanecerá en el centro docente de formación siempre que progrese en los planes de estudio o permanezca en un curso por no reunir las condiciones para pasar al curso siguiente.
2. La baja como alumno en el centro docente de formación conllevará la baja en el Centro Universitario de la Guardia Civil.
3. Además de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, el alumno causará baja en el centro docente de formación, cuando se dé alguna de las siguientes condiciones:
a) No superar por segunda vez, la materia «Instrucción y Adiestramiento» o «Formación Física» correspondiente a ese curso, excepto cuando sea por causa de lesión o enfermedad, en cuyo caso permanecerá en el curso.
b) Para los alumnos encuadrados en primer y segundo curso, no superar en cada uno de ellos, como mínimo, el treinta por ciento (30 %) del total de los créditos de las asignaturas de la titulación de grado de las que esté matriculado y que correspondan al curso en que se encuentre encuadrado.
c) Agotar las cuatro convocatorias y, en su caso, la extraordinaria, de cualquier asignatura sin haberla superado, o exceder los plazos máximos previstos para finalizar el plan de estudios conforme se establece en la norma decimonovena.
d) Asimismo, un alumno podrá causar baja en el centro docente de formación como consecuencia de la aplicación del ajuste de plazas.
e) No superar ninguna asignatura del módulo de formación militar, sin que se tengan en cuenta las materias de Formación Física e Instrucción de Orden Cerrado.
1. El ajuste de plazas consiste en igualar el número de alumnos que vayan a progresar en el plan de estudios con el número de plazas fijadas en la provisión de plazas correspondiente.
2. Se aplicará, en todo caso, antes del inicio del quinto curso, cuando así lo determine el Director General de la Guardia Civil a propuesta del Subdirector General de Personal.
3. Este procedimiento afectará exclusivamente a los alumnos de la forma de ingreso directo priorizando, en primer lugar, a aquéllos que hayan superado todas las materias y asignaturas del plan de estudios realizado hasta ese momento y, a continuación, el resto en función de las calificaciones obtenidas.
4. Los alumnos que, reuniendo las condiciones de progresar en el plan de estudios, no puedan hacerlo como consecuencia del ajuste de plazas podrán permanecer en el mismo curso, siempre y cuando no suponga sobrepasar los plazos máximos establecidos.
5. En el caso del punto anterior, el plan de matrícula podrá incluir hasta el máximo de créditos del curso siguiente de la titulación de grado.
1. Todo el proceso de formación se deberá superar en un plazo máximo de ocho cursos académicos, sin que ello excluya la aplicación de la normativa universitaria para el título de grado. En caso contrario, el alumno causará baja en el centro docente de formación.
2. En caso de los alumnos de promoción interna, se deberá superar en un plazo máximo de tres cursos académicos.
1. El tema del trabajo de fin de grado, además de tener relación con el contenido del título de grado, deberá en lo posible estar orientado al campo de actividad de la Guardia Civil, en función de las misiones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente.
2. Para la defensa pública del trabajo el alumno dispondrá de dos posibilidades.
A efectos de ordenación de los alumnos, a los que superen el trabajo en la segunda defensa del mismo, se les aplicará el coeficiente de convocatoria de 0,50.
Se modifica por el art. único.7 a 15 de la Orden PRE/282/2015, de 17 de febrero. Ref. BOE-A-2015-1789.
Véanse, para su aplicación, las disposiciones transitorias 1 y 2 de la citada Orden.
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