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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17/10/2013.
Entrada en vigor:
18/10/2013
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-10861
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2013/10/10/ess1897/con

Índice: «Última actualización, publicada el 22/07/2023»

Téngase en cuenta que quedan derogados todos aquellos aspectos de esta Orden que contradigan o queden regulados por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. Ref. BOE-A-2023-16889, según se establece en la disposición derogatoria única.5 del citado Real Decreto.

[Preámbulo]

TÍTULO l. Disposiciones generales

TÍTULO II. Condiciones relativas a la impartición de la formación referida a los certificados de profesionalidad en la modalidad de teleformación

CAPÍTULO I. Finalidad y características de la modalidad de teleformación

CAPÍTULO II. Metodología, sistema tutorial y evaluación del aprendizaje en la modalidad de teleformación

CAPÍTULO III. Centros y entidades de formación para la modalidad de teleformación

TÍTULO III. Condiciones relativas a todas las modalidades de impartición de la formación relativa a los certificados de profesionalidad

CAPÍTULO I. Evaluación de los resultados de aprendizaje en los módulos formativos para cualquier modalidad de impartición

CAPÍTULO II. Calidad, seguimiento y control de las acciones formativas vinculadas a certificados de profesionalidad para cualquier modalidad de impartición

CAPÍTULO III. Módulo de formación práctica en centros de trabajo para cualquier modalidad de impartición

CAPÍTULO IV. Certificación de la formación, expedición y registro del certificado de profesionalidad y de las acreditaciones parciales para cualquier modalidad de impartición

CAPÍTULO V. Aspectos relativos a la acreditación, programación, gestión y financiación de la formación vinculada a certificados de profesionalidad para cualquier modalidad de impartición

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Especificaciones de los certificados de profesionalidad en modalidad de teleformación

ANEXO II. Requisitos técnicos de la plataforma, de los contenidos multimedia y de las guía del alumno y del tutor-formador para los certificados de profesionalidad en modalidad de teleformación

ANEXO III. Modelo de Planificación didáctica

ANEXO IV. Modelo de Programación didáctica

ANEXO V. Modelo de planificación de la evaluación del aprendizaje

ANEXO VI. Modelo de informe de evaluación individualizado

ANEXO VII. Modelo de Acta de Evaluación

ANEXO VIII. Modelo de Programa formativo del módulo de formación práctica en centros de trabajo

ANEXO IX. Modelo de certificación del módulo de formación práctica en centros de trabajo

ANEXO X. Modelo de certificación de competencias clave


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