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Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 17/03/2012.
Entrada en vigor:
18/03/2012
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2012-3811
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2012/03/16/8/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 16/03/2012
  • Fecha de publicación: 17/03/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 18/03/2012
  • Fecha de derogación: 08/07/2012

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 4/2012, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2012-9111).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 29 de marzo de 2012 (Ref. BOE-A-2012-4915).

Referencias anteriores

Materias

  • Alojamientos turísticos
  • Bienes inmuebles
  • Comercialización
  • Consumidores y usuarios
  • Contratos
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Información
  • Multipropiedad
  • Turismo

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