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Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 04/08/2012.
Entrada en vigor:
05/08/2012
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-10477
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2012/08/03/1192/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 03/08/2012
  • Fecha de publicación: 04/08/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 05/08/2012

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA los arts. 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, por Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2018-10752).
  • SE DECLARA, en el Conflicto 6714/2012, BOE-A-2012-15469, su desestimación en relación con los arts. 4 a 8, por Sentencia 97/2017, de 20 de julio (Ref. BOE-A-2017-9656).
  • SE AÑADE la disposición adicional 10, por Ley 30/2015, de 9 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-9734).
  • SE MODIFICA los arts. 5, 6 y disposición adicional 1, por Ley 25/2015, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2015-8469).
  • SE AÑADE la disposición adicional 10, por Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2015-3031).
  • SE MODIFICA las disposiciones adicionales 3 a 5 y SE AÑADE la 8 y 9, por Real Decreto 576/2013, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2013-8190).

Referencias anteriores

Materias

  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Discapacidad
  • Funcionarios públicos
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Instituto Social de la Marina
  • Procedimiento administrativo
  • Refugiados
  • Residencia
  • Sistema Nacional de Salud
  • Trata de seres humanos

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