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Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears.

Publicado en:
«BOIB» núm. 2, de 04/01/2011, «BOE» núm. 30, de 04/02/2011.
Entrada en vigor:
01/07/2011
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2011-2107
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/2010/12/22/15/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 22/12/2010
  • Fecha de publicación: 04/02/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/2011
  • Publicada en el BOIB núm. 2, de 4 de enero de 2011.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos y SE AÑADE el art. 40, por Ley 9/2015, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-13494).
    • los arts. 2.5, 3, 7 y la disposición adicional 2.3, por Ley 5/2013, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2013-11502).
  • SE DEROGA el art. 17.5 y SE MODIFICA el art. 27, por Ley 15/2012, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-631).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 2, por Decreto-ley 20/2011, de 29 de julio (Ref. BOIB-i-2011-90081).

Referencias anteriores

  • DEROGA la Ley 7/1985, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1985-19042).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 31 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2007-4233).

Materias

  • Baleares
  • Entes Públicos
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Radiodifusión
  • Televisión

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