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Orden PRE/2059/2011, de 18 de julio, por la que se regula la valoración de la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas al servicio de las Fuerzas Armadas españolas o de la Guardia Civil para la obtención de los títulos y licencias requeridos a los pilotos de helicópteros civiles.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 22/07/2011.
Entrada en vigor:
23/07/2011
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2011-12634
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/07/18/pre2059/con

Índice: «Última actualización, publicada el 20/09/2022»

Téngase en cuenta que la presente Orden permanecerá vigente, conservando su rango de orden ministerial, según establece la disposición derogatoria 1.2.b) del Real Decreto 728/2022, de 6 de septiembre de 2022. Ref. BOE-A-2022-15286

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Procedimiento

CAPÍTULO III. Comisión asesora de acreditación y valoración en materia de títulos, licencias y habilitaciones de pilotos de helicóptero

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Equivalencias entre la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas por el personal militar de carrera piloto de helicóptero militar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas o la Guardia Civil y la formación y experiencia exigidas para la obtención de los títulos, licencias y habilitaciones de piloto de helicópteros civiles

ANEXO II. Personal militar de complemento piloto de helicóptero militar

ANEXO III. Tipos de helicóptero utilizados en las Fuerzas Armadas españolas o la Guardia Civil para la formación general de los pilotos militares y/o la realización de operaciones de transporte


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