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Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 02/07/2011.
Entrada en vigor:
03/07/2011
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2011-11345
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2011/07/01/1/con

Índice: «Última actualización, publicada el 21/07/2015»

Norma derogada, con efectos de 17 de junio de 2016, por la disposición derogatoria única de la Ley 22/2015, de 20 de julio. Ref. BOE-A-2015-8147.

Téngase en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en la disposición final 14 de la citada Ley, lo dispuesto en los capítulos I y III del presente Texto Refundido será de aplicación en la realización de trabajos de auditoría de cuentas y la emisión de informes de estados financieros correspondientes a ejercicios económicos que se hayan iniciado con anterioridad al 17 de junio de 2016.

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AUDITORÍA DE CUENTAS

CAPÍTULO I. De la Auditoría de Cuentas

CAPÍTULO II. Requisitos para el ejercicio de la auditoría de cuentas

CAPÍTULO III. Ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas

Sección 1.ª Independencia

Sección 2.ª Responsabilidad y fianza

Sección 3.ª Deberes de custodia y secreto

Sección 4.ª Obligación de divulgación de información

CAPITULO IV. Sistema de supervisión pública de la auditoría de cuentas

Sección 1.ª Supervisión pública y control de la actividad de auditoría de cuentas

Sección 2.ª Régimen de infracciones y sanciones

Sección 3.ª Régimen de supervisión aplicable a auditores, así como sociedades y demás entidades de auditoría autorizados en Estados miembros de la Unión Europea y en terceros países

Sección 4.ª Cooperación internacional

Sección 5.ª Tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]


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