[Vigencia agotada]
Téngase en cuenta que la presente Orden se dicta para el ejercicio de 2011, por lo que debe entenderse que ha agotado su vigencia.
CAPÍTULO I. Cotización a la Seguridad Social
Sección 2.ª Régimen Especial Agrario
Sección 3.ª Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
Sección 4.ª Régimen Especial de los Empleados de Hogar
Sección 5.ª Régimen Especial de los Trabajadores del Mar
Sección 6.ª Régimen Especial para la Minería del Carbón
Sección 12. Cotización a la Seguridad Social en supuestos especiales
CAPÍTULO II. Cotización por Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional
CAPÍTULO III. Cotización en los supuestos de contratos a tiempo parcial
CAPÍTULO IV. Cotización en los contratos para la formación
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