Tengase en cuenta que las disposiciones de este Convenio pueden haberse visto afectadas por el Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, de 24 de noviembre de 2016, Ref. BOE-A-2021-21097 computándose los plazos para determinar la fecha de efectos de las medidas previstas en el citado Convenio a partir del 1 de junio de 2022, conforme a la notificación efectuada por España, publicada en el BOE núm. 147, de 21 de junio de 2022. Ref. BOE-A-2022-10231
A este respecto, puede consultarse el texto sintético disponible en la web del Ministerio competente en materia de Hacienda.
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación del Convenio
CAPÍTULO III. Imposición de las rentas
CAPÍTULO IV. Imposición del patrimonio
CAPÍTULO V. Métodos para eliminar la doble imposición
CAPÍTULO VI. Disposiciones especiales.
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