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Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 18/07/2009.
Entrada en vigor:
19/07/2009
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2009-11932
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2009/07/03/1085/con

Índice: «Última actualización, publicada el 21/12/2022»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO SOBRE INSTALACIÓN Y UTILIZACIÓN DE APARATOS DE RAYOS X CON FINES DE DIAGNÓSTICO MÉDICO

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De las empresas de venta y asistencia técnica

CAPÍTULO III. Procedimiento de declaración y registro de los equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico

CAPÍTULO IV. Operación de las instalaciones de rayos X de diagnóstico médico

CAPÍTULO V. De los Servicios y Unidades Técnicas de Protección Radiológica que prestan sus servicios en instalaciones de rayos X de diagnóstico médico

CAPÍTULO VI. Régimen sancionador

ANEXO I.a. DECLARACIÓN DEL TITULAR PARA EL REGISTRO

ANEXO I.b. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y PLANOS DE LAS SALAS O VEHÍCULOS

ANEXO II. CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE LOS EQUIPOS PARA SU REGISTRO (EVAT)

ANEXO III. CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE LA INSTALACIÓN PARA SU REGISTRO (SPR/UTPR)


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