[Disposición derogada]
Téngase en cuenta que esta norma fue derogada por la disposición derogatoria única b) del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero. Ref. BOE-A-2015-1455., con excepción de las disposiciones relativas a empresas de servicios de inversión.
Estas disposiciones se derogan expresamente por la disposición derogatoria única del Real Decreto 358/2015, de 8 de mayo Ref. BOE-A-2015-5164., por lo que la norma queda completamente derogada.
TÍTULO I. Disposiciones relativas a entidades de crédito
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
CAPÍTULO III. Requerimientos de recursos propios por riesgo de crédito
Sección 2.ª Método basado en calificaciones internas
Sección 3.ª Reducción del riesgo de crédito
CAPÍTULO IV. Riesgo de contraparte
CAPÍTULO V. Requerimientos de recursos propios por riesgo de tipo de cambio
CAPÍTULO VI. Riesgo de la cartera de negociación
CAPITULO VII. Requerimientos de recursos propios por riesgo operacional
CAPÍTULO VIII. Límites a los grandes riesgos
CAPÍTULO X. Divulgación de información
CAPÍTULO XI. Medidas para retornar al cumplimiento de las normas de solvencia
CAPÍTULO XIII. Política de remuneración de las entidades de crédito
TÍTULO II. Disposiciones relativas a empresas de servicios de inversión
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
CAPÍTULO III. Requerimientos de recursos propios
CAPÍTULO VI. Divulgación de información
CAPÍTULO VII. Otras normas de solvencia para las empresas de servicios de inversión
CAPÍTULO VIII. Política de remuneración de las empresas de servicios de inversión
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