Se deroga por la disposición derogatoria única.2.b) del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio. Ref. BOE-A-2013-7705., manteniendo los efectos transitorios establecidos en la disposición transitoria 3 del citado Real Decreto-ley.
CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
CAPÍTULO II. Registro de preasignación de retribución
CAPÍTULO III. Régimen económico
CAPÍTULO IV. Requisitos técnicos y de calidad
CAPÍTULO VI. Régimen sancionador
ANEXO I. Solicitud inscripción en el registro de preasignación
ANEXO IV. Mecanismo de traspaso de potencia sobre la potencia base
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