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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 23/06/2007.
Entrada en vigor:
24/06/2007
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2007-12352
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/2007/06/22/11/con

Índice: «Modificación publicada el 02/10/2015»

Norma derogada, con efectos de 2 de octubre de 2016, por la disposición derogatoria única.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10565.

Téngase en cuenta que la disposición final 7 de la citada ley establece un plazo de dos años desde su entrada en vigor para que produzcan efectos las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, y por tanto, hasta ese momento, se mantendrán en vigor los artículos de la presente ley que traten sobre las materias citadas.

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Del ámbito de aplicación y los principios generales

TÍTULO PRIMERO. Derechos de los ciudadanos a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos

TÍTULO SEGUNDO. Régimen jurídico de la administración electrónica

CAPÍTULO I. De la sede electrónica

CAPÍTULO II. De la identificación y autenticación

Sección 1.ª Disposiciones comunes

Sección 2.ª Identificación de los ciudadanos y autenticación de su actuación

Sección 3.ª Identificación electrónica de las administraciones públicas y autenticación del ejercicio de su competencia

Sección 4.ª De la interoperabilidad y de la acreditación y representación de los ciudadanos

CAPÍTULO III. De los registros, las comunicaciones y las notificaciones electrónicas

Sección 1.ª De los Registros

Sección 2.ª De las comunicaciones y las notificaciones electrónicas

CAPÍTULO IV. De los documentos y los archivos electrónicos

TÍTULO TERCERO. De la gestión electrónica de los procedimientos

CAPÍTULO I. Disposiciones comunes

CAPÍTULO II. Utilización de medios electrónicos en la tramitación del procedimiento

TÍTULO CUARTO. Cooperación entre administraciones para el impulso de la administración electrónica

CAPÍTULO I. Marco institucional de cooperación en materia de administración electrónica

CAPÍTULO II. Cooperación en materia de interoperabilidad de sistemas y aplicaciones

CAPÍTULO III. Reutilización de aplicaciones y transferencia de tecnologías

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO. Definiciones


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