Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 141, de 14 de junio de 2006. Ref. BOE-A-2006-10563.
[Bloque 2: #preambulo]
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar las siguiente ley orgánica.
La Ley 18/2006, para la eficacia en la Unión Europea de las resoluciones de embargo y de aseguramiento de pruebas en procedimientos penales, establece en el artículo 3 que los jueces de instrucción del lugar donde se encuentren los bienes o los elementos de prueba a los que se refiera la resolución judicial extranjera serán competentes para su cumplimiento. Por este motivo, es necesario modificar la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que enumera las competencias de los órganos jurisdiccionales.
Así, debe añadirse en el apartado 1 del artículo 87 de dicha ley la atribución a los juzgados de instrucción de la competencia para el cumplimiento de las solicitudes de adopción de medidas de embargo y aseguramiento de pruebas recibidas de las autoridades judiciales de otro Estado miembro de la Unión Europea.
Redactado el párrafo primero conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 141, de 14 de junio de 2006. Ref. BOE-A-2006-10563.
[Bloque 3: #aunico]
Se añade una letra g) al apartado 1 del artículo 87 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con la siguiente redacción:
«g) De la ejecución de las medidas de embargo y aseguramiento de pruebas transmitidas por un órgano judicial de un Estado miembro de la Unión Europea que las haya acordado en un proceso penal, cuando los bienes o los elementos de prueba se encuentren en territorio español».
[Bloque 4: #dfprimera]
Esta Ley Orgánica se dicta en ejercicio de las competencias atribuidas al Estado en materia de legislación procesal por el artículo 149.1.6.ª de la Constitución.
[Bloque 5: #dfsegunda]
La presente Ley Orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
[Bloque 6: #firma]
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica.
Madrid, 5 de junio de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
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